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Ayudas a la rehabilitación de vivienda en Región de Murcia 2026: eficiencia, accesibilidad y barrios

Ayudas para rehabilitar vivienda en Región de Murcia 2026: eficiencia energética de edificios, accesibilidad (ascensores, rampas), Libro del Edificio y deducciones IRPF. Convocatorias del BORM.

Publicado
08 de julio de 2026
Actualizado
08 de julio de 2026
Gestiona
Consejería competente en vivienda — Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
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Enlace directo al portal oficial del organismo — el trámite es siempre gratuito.

Datos verificados en BDNS

Región de Murcia · Vivienda y alquiler

En Región de Murcia hay 10 convocatorias registradas de vivienda y alquiler en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 15.450.607 €. El organismo que más convoca es CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL.

Convocatorias
10ninguna abierta ahora
Dotación registrada
15.450.607 €
Organismo que más convoca
CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · última convocatoria registrada el 29 de julio de 2026. Los datos de BDNS son dinámicos: consulta siempre la ficha oficial enlazada más abajo

Rehabilitar sale más barato de lo que parece si se combinan bien las fuentes: programas de rehabilitación energética de edificios y viviendas gestionados por Consejería competente en vivienda — Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ayudas a la accesibilidad (instalación de ascensores, rampas, salvaescaleras), subvenciones al Libro del Edificio y proyecto técnico, deducciones estatales del IRPF (20/40/60 %) y bonificaciones municipales de IBI e ICIO.

Esta guía publica ficha propia en Región de Murcia para vivienda: compra y acceso, alquiler joven y idiomas y estancias en el extranjero.

El extracto oficial, palabra por palabra

De las 10 convocatorias de «Acceso a la vivienda y fomento de la edificación» que esta guía extrajo de la BDNS para Región de Murcia el 3 de agosto de 2026, 2 publican el texto de su anuncio en el boletín oficial. Este es el de Consejería de infraestructuras y desarrollo territorial, con una dotación de 100.000 € (BDNS 838986, comprobado el ):

Extracto publicado en BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA el

Extracto de la Orden de 9 de junio de 2025 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se convocan las ayudas destinadas al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia para el año 2025.

Primero. Personas beneficiarias.

1. Las personas beneficiarias de las ayudas de este programa serán los propietarios arrendadores de las viviendas sitas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sea cual sea su naturaleza jurídica, que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) Ser titular de una póliza de seguro de protección de la renta arrendaticia que cubra el eventual impago de la misma en vigor. El tomador de dicho seguro deberá ser el arrendador.

b) Estar al corriente del pago de la prima del seguro, pagada con fecha 1 de enero de 2025 o posterior, con el límite del 30 de noviembre de 2025, incluido.

c) En caso de que la persona beneficiaria sea persona física, deberá ser mayor de edad y poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de los extranjeros no comunitarios deberán contar con autorización de estancia o residencia en España.

Leer el extracto completo (17 párrafos más)

Segundo. Requisitos de la persona arrendataria.

1. Para que la persona arrendadora pueda acceder a la ayuda, se deben dar los siguientes requisitos en la persona arrendataria:

a) Ser persona física, mayor de edad y titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

b) Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento en el que consten, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento. La vivienda constituirá domicilio habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.

c) Que la suma total de las rentas anuales de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento sean iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Dicho umbral será de 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo y de 5 veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.

Tercero. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto convocar, en el ámbito territorial de la Región de Murcia, las ayudas destinadas pago del seguro de protección de la renta arrendaticia para el año 2025, de acuerdo con el Programa 13 del PEAV 2022- 2025.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de 12 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia (BORM nº71 de 26 de marzo de 2024), rectificada por Orden de 5 de abril de 2024 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de corrección de errores (BORM nº 88 de 17 de abril de 2024).

Quinto. Tipología y cuantía de la ayuda

1. Para acceder a la ayuda, el importe mínimo asegurado ha de ser la renta arrendaticia anual. La vivienda objeto del contrato de arrendamiento lo será por una renta arrendaticia igual o inferior a 600 euros mensuales. La ayuda financiará el 5% de la renta arrendaticia anual (siendo, por tanto, el máximo 360 euros) y no podrá ser superior al coste del correspondiente seguro.

2. La ayuda se calculará tomando como referencia el importe mensual de la renta arrendaticia correspondiente a la última mensualidad vencida a fecha de la solicitud de la ayuda.

Sólo podrá presentarse una solicitud por vivienda y año natural.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. De acuerdo con lo establecido en artículo 10.3 de la Orden de 12 de marzo de 2024, las solicitudes se presentarán de manera electrónica, mediante un formulario específico disponible en la sede de la CARM, no admitiéndose los cumplimentados de forma distinta. Para poder admitir a trámite la solicitud de ayuda será necesario acompañarla de la documentación recogida en el artículo 6 de la presente convocatoria.

2. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 30 de noviembre de 2025.

Texto literal del boletín oficial · CVE A-140625-2806 · BDNS 838986Ver el documento oficial

Fechas que constan en la BDNS

  1. Alta en la BDNS de «Orden de 9 de junio de 2025 de la Consejería de Fomento e…»

  2. Extracto publicado en BORM

  3. Extracto publicado en BORM

  4. Apertura del plazo de «Decreto n.º 136/2025, de 31 de julio, por el que se establecen las…»

  5. Apertura del plazo de «Decreto n.º 137/2025, de 31 de julio, por el que se establecen las…»

  6. Alta en la BDNS de «Decreto n.º 132/2025, de 31 de julio, por el que se aprueban las…»

  7. Cierre del plazo de «Decreto n.º 136/2025, de 31 de julio, por el que se establecen las…»

  8. Cierre del plazo de «Decreto n.º 137/2025, de 31 de julio, por el que se establecen las…»

  9. Alta en la BDNS de «Decreto n.º 136/2025, de 31 de julio, por el que se establecen las…»

  10. Alta en la BDNS de «Decreto n.º 137/2025, de 31 de julio, por el que se establecen las…»

Las bases reguladoras que registra la BDNS

  • Consejería de infraestructuras y desarrollo territorial — Orden de 12 de marzo de 2024 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia. · texto de las bases · BDNS 838986

Preguntas frecuentes

¿Qué es el agente rehabilitador?

Una figura (empresa o técnico) que gestiona por ti todo el expediente: proyecto, solicitud de ayudas, obra y justificación, pudiendo incluso cobrar la subvención por cesión. Es la vía cómoda para comunidades de propietarios sin experiencia administrativa.

¿Puedo pedir ayuda solo para cambiar ventanas?

Sí: el programa de actuaciones en viviendas financia mejoras parciales (ventanas, aislamiento, climatización eficiente) si reducen ≥ 7 % la demanda o ≥ 30 % el consumo, con tope por vivienda. Los certificados energéticos antes/después son imprescindibles.

¿Las ayudas de rehabilitación tributan?

Las vinculadas a los programas de rehabilitación energética de los planes estatales están exentas de IRPF por disposición legal expresa; otras subvenciones pueden tributar. Además, la deducción del 20/40/60 % se calcula sobre lo NO cubierto por la ayuda.

¿Qué organismo convoca las ayudas de vivienda y alquiler en Región de Murcia?

Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el organismo convocante es CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL. En el periodo consultado constan 10 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.

¿Cuánto dinero se ha convocado para vivienda y alquiler en Región de Murcia?

Las convocatorias registradas suman 15.450.607 € de dotación pública, entre 2024 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.

¿Quién puede solicitar estas ayudas en Región de Murcia?

Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas físicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.

¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?

Las bases reguladoras de las convocatorias de vivienda y alquiler en Región de Murcia se publican en boe.es, borm.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.

Quién convoca y cómo se publica en Región de Murcia

Perfil administrativo de las ayudas de vivienda y alquiler, extraído de BDNS

Organismos convocantes
CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL
Tipos de beneficiario
Personas físicas que no desarrollan actividad económica · Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica · Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica
Instrumento de la ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Dotación registrada
15.450.607 €en 10 convocatorias entre 2024 y 2026
Dónde se publican las bases
boe.es · borm.es

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) · Los datos de BDNS son dinámicos: pueden corregirse o eliminarse tras su extracción.

Convocatorias registradas en Región de Murcia

10 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .

Convocatorias de Acceso a la vivienda y fomento de la edificación en Región de Murcia, con organismo, dotación, plazo y enlace al registro oficial.
Plazo cerrado

Orden de la Consejería de Fomento e infraestructuras por la que se convocan las ayudas correspondientes al «BONO ALQUILER JOVEN» (2ª Convocatoria)

BDNS 819030 · Concurrencia competitiva - canónica

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación8.800.000 €PlazoHasta 30 de junio de 2025Fuente oficial
Plazo cerrado

Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de 13 de noviembre de 2024, de convocatoria de ayudas destinadas a la compra de viviendas protegidas de promoción privada en la Región de Murcia

BDNS 796565 · Concurrencia competitiva - canónica

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación500.000 €PlazoHasta 30 de noviembre de 2024Fuente oficial
Plazo cerrado

Orden de 9 de junio de 2025 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se convocan las ayudas destinadas al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia para el año 2025.

BDNS 838986 · Concurrencia competitiva - canónica

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación100.000 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial
Plazo cerrado

Decreto n.º 137/2025, de 31 de julio, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención a La Rosaleda Cohousing S. Coop., para la promoción de 26 viviendas el municipio de Murcia

BDNS 854259 · Concesión directa - instrumental

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación858.383 €Plazo06 de agosto de 2025 — 07 de agosto de 2025Fuente oficial
Plazo cerrado

Decreto n.º 136/2025, de 31 de julio, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la C.D. de una subvención a Melcarte 2020 S.L., para la rehabilitación de 12 viviendas, garaje y zonas comunes en el municipio de Caravaca de la Cruz

BDNS 854254 · Concesión directa - instrumental

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación315.630 €Plazo06 de agosto de 2025 — 07 de agosto de 2025Fuente oficial
Plazo cerrado

Decreto 171/2026 de 17 septiembre, aprueba la concesión directa de una ayuda a SUVILOR, para incrementar el parque público de viviendas en alquiler social en Lorca, mediante la reeedificación de 9 viviendas Energ.Eficientes. RD.853/2021 (progr. 6 PRTR)

BDNS 922404 · Concesión directa - instrumental

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación388.934 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial
Plazo cerrado

Decreto 293/2025, de 23 de diciembre, normas especiales reguladoras concesión empresa municipal suelo y vivienda Lorca S.A. (SUVILOR, S.A), construcción y rehabilitación 11 viviendas públicas E.E. para jóvenes (proyecto de interés estratégico regional)

BDNS 878150 · Concesión directa - instrumental

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación1.000.000 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial
Plazo cerrado

Decreto 168/2025, de 30 de octubre, aprueban las normas especiales reguladoras concesión al Ayto. de Lorca erradicación zonas degradadas, chabolismo e infravivienda, al amparo del Real Decreto 42/2022 programa 12 PEAV.

BDNS 868201 · Concesión directa - instrumental

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación990.887 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial
Plazo cerrado

Decreto n.º 132/2025, de 31 de julio, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones de la Consejería de Fomento e Infraestructuras a entidades del Tercer Sector para acceso a la vivienda en alquiler.

BDNS 850768 · Concesión directa - instrumental

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación2.376.773 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial
Plazo cerrado

Decreto n.º 219/2024, de 17 de octubre, aprueban normas especiales reguladoras de concesión directa subvención de la Consejería de Fomento e Infraestructas a CEOM, en el marco del Programa 6, de incremento parque público de viviendas, del PEAV 2022-2025.

BDNS 793281 · Concesión directa - instrumental

OrganismoCONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIALDotación120.000 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) — Intervención General de la Administración del Estado. Datos extraídos el . Los datos de BDNS son dinámicos: pueden corregirse o eliminarse tras su extracción. Antes de solicitar cualquier ayuda, consulta el registro oficial y las bases reguladoras enlazadas: son los documentos que tienen validez. Aviso legal de BDNS.

Reutilización de información del sector público conforme al artículo 7 del Real Decreto 1495/2011: se cita la fuente, se mantiene el sentido de la información sin alterarlo y se indica la fecha de extracción. Intervención General de la Administración del Estado no participa en esta reutilización, ni la patrocina ni la apoya, y este sitio no es un canal oficial ni sustituye a la sede electrónica del organismo convocante.

Autoría

Redacción · Guía Ayudas

Equipo editorial especializado en políticas públicas, ayudas y subvenciones en España. Trabajamos exclusivamente con fuentes oficiales (BOE, BDNS, boletines autonómicos y ministerios) y revisamos periódicamente cada artículo. Más sobre la redacción.

Cómo se elabora y se comprueba cada ficha: metodología editorial. Errores y actualizaciones: política de correcciones.

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