Ayudas a la rehabilitación de vivienda en Galicia 2026: eficiencia, accesibilidad y barrios
Ayudas para rehabilitar vivienda en Galicia 2026: eficiencia energética de edificios, accesibilidad (ascensores, rampas), Libro del Edificio y deducciones IRPF. Convocatorias del DOG.
- Publicado
- 08 de julio de 2026
- Actualizado
- 08 de julio de 2026
- Gestiona
- Consejería competente en vivienda — Xunta de Galicia
Datos verificados en BDNS
En Galicia hay 18 convocatorias registradas de vivienda y alquiler en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 45.149.912 €. El organismo que más convoca es INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS).
- 18
- 45.149.912 €
- INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS)
Rehabilitar sale más barato de lo que parece si se combinan bien las fuentes: programas de rehabilitación energética de edificios y viviendas gestionados por Consejería competente en vivienda — Xunta de Galicia, ayudas a la accesibilidad (instalación de ascensores, rampas, salvaescaleras), subvenciones al Libro del Edificio y proyecto técnico, deducciones estatales del IRPF (20/40/60 %) y bonificaciones municipales de IBI e ICIO.
Esta guía publica ficha propia en Galicia para vivienda: compra y acceso, alquiler joven y familia e infancia.
El extracto oficial, palabra por palabra
De las 18 convocatorias de «Acceso a la vivienda y fomento de la edificación» que esta guía extrajo de la BDNS para Galicia el 3 de agosto de 2026, 8 publican el texto de su anuncio en el boletín oficial. Este es el de Instituto gallego de la vivienda y suelo (igvs), con una dotación de 1.000.000 € y plazo de solicitud hasta el 20 de abril de 2026:
EXTRACTO de la Resolución de 18 de febrero de 2026, por la que se abre la convocatoria para el año 2026 de las ayudas a las comunidades de propietarios/as para la reparación, rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el Instituto Galego da Vivenda e Solo (código del procedimiento VI420A)
BDNS (Identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Primero. Personas beneficiarias 1. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de estas subvenciones las comunidades de propietarios/as o agrupaciones de comunidades de los edificios de viviendas que estén contemplados en el ámbito de aplicación, siempre que no recibieran otra ayuda del IGVS para la realización de obras del mismo concepto en los diez años inmediatamente anteriores al de la convocatoria correspondiente y, además, cumplan con los siguientes requisitos: a) Que sean seleccionadas conforme a la prelación realizada en aplicación del baremo de criterios de valoración previstos en esta resolución y conforme a la disposición presupuestaria existente. b) Que su edificio reúna las necesarias condiciones de seguridad estructural. De no ser el caso, la entidad solicitante deberá acreditar la realización simultánea de las obras que garanticen que el edificio tendrá las condiciones necesarias de seguridad estructural. c) Que no estén incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 de la LSG. 2. Las personas integrantes de la entidad beneficiaria que participen en el coste de las obras subvencionables tendrán consideración de perceptoras de esta ayuda en la misma proporción que la cuota de participación establecida para el coste de las obras. Segundo. Objecto 1. Esta resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio 2026, con financiación plurianual y en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a las comunidades de propietarios/as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas sometida al régimen de protección y promovidos por el Instituto Galego da Vivenda e Solo (en adelante, IGVS) que tengan mas de diez años de antigüedad, así como aquellos en los que dicho régimen se hubiera extinguido en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes previsto en la correspondiente convocatoria de ayudas. 2. El objeto de estas ayudas es la realización de las siguientes actuaciones: a) Adecuación de las condiciones de seguridad: obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad estructural o constructiva, de manera que garanticen su estabilidad, resistencia y solidez, seguridad contra incendios, así como obras de seguridad frente a posibles accidentes o siniestros. b) Adecuación de las condiciones de habitabilidad: obras que proporcionen al edificio estanquidad frente a la lluvia y a la humedad, aislamiento térmico y acústico, o mejora de las instalaciones de calefacción. c) Adecuación funcional: obras que proporcionen al edificio mejora de los accesos a los servicios generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, etc., así como la adecuación de estas obras a la correspondiente normativa. d) Adecuación de las condiciones de accesibilidad: obras de supresión de barreras arquitectónicas, tales como instalación de ascensores, rampas, u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de esta convocatoria de ayudas, se regirá por lo dispuesto en la Resolución de 22 de abril de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las comunidades de propietarios/as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el IGVS, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 87, de 8 de mayo de 2025. Por lo tanto, para lo no previsto expresamente en la presente convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en la citada resolución de bases. Cuarto. Importe 1. El importe máximo de las subvenciones reguladas en esta resolución se instrumentará financieramente con cargo al proyecto 2002 06712 y a la aplicación 2026 11 81 451A 781.0 de los presupuestos del IGVS. La cuantía será de 1.000.000 euros, repartidos en 20.000 euros en la anualidad 2026 y 980.000 euros en la anualidad 2027. 2. Excepcionalmente, la persona titular de la dirección general del IGVS podrá incrementar el crédito presupuestario destinado a estas ayudas, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del RLSG. La intensidad de la ayuda de esta convocatoria será de un importe total correspondiente al 60% del presupuesto subvencionable y hasta un importe máximo que resulte de multiplicar el número de viviendas existentes en el edificio por 6.000 euros. Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes de esta convocatoria será de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG. Si el último día fuera inhábil, se entenderá prorrogado el plazo al primero día hábil siguiente. Santiago de Compostela, 18 de febrero de 2026 El director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo Heriberto García Porto
Fechas que constan en la BDNS
Alta en la BDNS de «RESOLUCIÓN de 22 de dicembre del 2025, por la que se establecen las…»
Alta en la BDNS de «RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las…»
Alta en la BDNS de «RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se procede a la…»
Extracto publicado en DOG
Extracto publicado en DOG
Apertura del plazo de «RESOLUCIÓN de 22 de dicembre del 2025, por la que se establecen las…»
Apertura del plazo de «RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las…»
Apertura del plazo de «RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se procede a la…»
Alta en la BDNS de «RESOLUCIÓN DE 18 de febrero de 2026, por la que se abre la…»
Extracto publicado en DOG
Apertura del plazo de «RESOLUCIÓN DE 18 de febrero de 2026, por la que se abre la…»
Cierre del plazo de «RESOLUCIÓN DE 18 de febrero de 2026, por la que se abre la…»
Cierre del plazo de «RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las…»
Cierre del plazo de «RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se procede a la…»
Cierre del plazo de «RESOLUCIÓN de 22 de dicembre del 2025, por la que se establecen las…»
Las bases reguladoras que registra la BDNS
- Instituto gallego de la vivienda y suelo (igvs) — RESOLUCIÓN DE 18 de febrero de 2026, por la que se abre la convocatoria para el año 2026 de las ayudas a las comunidades de propietarios/as para la reparación, rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el Ins… · texto de las bases · BDNS 888150
- Instituto gallego de la vivienda y suelo (igvs) — RESOLUCIÓN del 22 de dicembre del 2025, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones del programa de ayudas de rehabilitación de viviendas en el rural y se procede a su convocatoria para el año 2026… · texto de las bases · BDNS 880582
- Instituto gallego de la vivienda y suelo (igvs) — RESOLUCIÓN do 22 de decembro de 2025 pola que se establecen as bases reguladoras aplicables á concesión das subvencións para rehabilitar edificacións e vivendas públicas de titularidade municipal e se procede a súa convocatoria, para o ano 2026. · texto de las bases · BDNS 881105
- Instituto gallego de la vivienda y suelo (igvs) — Resolución de 30 de diciembre de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones del Programa de infravivienda y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento VI406A) · texto de las bases · BDNS 881103
Preguntas frecuentes
¿Qué es el agente rehabilitador?
Una figura (empresa o técnico) que gestiona por ti todo el expediente: proyecto, solicitud de ayudas, obra y justificación, pudiendo incluso cobrar la subvención por cesión. Es la vía cómoda para comunidades de propietarios sin experiencia administrativa.
¿Puedo pedir ayuda solo para cambiar ventanas?
Sí: el programa de actuaciones en viviendas financia mejoras parciales (ventanas, aislamiento, climatización eficiente) si reducen ≥ 7 % la demanda o ≥ 30 % el consumo, con tope por vivienda. Los certificados energéticos antes/después son imprescindibles.
¿Las ayudas de rehabilitación tributan?
Las vinculadas a los programas de rehabilitación energética de los planes estatales están exentas de IRPF por disposición legal expresa; otras subvenciones pueden tributar. Además, la deducción del 20/40/60 % se calcula sobre lo NO cubierto por la ayuda.
¿Qué organismo convoca las ayudas de vivienda y alquiler en Galicia?
Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, los organismos convocantes son INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS); CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD. En el periodo consultado constan 18 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.
¿Cuánto dinero se ha convocado para vivienda y alquiler en Galicia?
Las convocatorias registradas suman 45.149.912 € de dotación pública, entre 2025 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.
¿Quién puede solicitar estas ayudas en Galicia?
Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas físicas que no desarrollan actividad económica; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica; gran empresa. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.
¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?
Las bases reguladoras de las convocatorias de vivienda y alquiler en Galicia se publican en xunta.gal, boe.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.
Quién convoca y cómo se publica en Galicia
- INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) · CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD
- Personas físicas que no desarrollan actividad económica · Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica · Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica · Gran empresa
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- 45.149.912 €
Convocatorias registradas en Galicia
18 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .
| Convocatoria | Organismo | Dotación | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Plazo cerrado Resolución de 4 de agosto de 2026 por la que se procede a la convocatoria del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación y renovación en las áreas de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago y de la Ribeira Sacra para el año 2026 | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación2.830.000 € | Plazo31 de agosto de 2026 — 30 de septiembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición o autopromoción de viviendas en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia con población residente igual o inferior a 10.000 habitan | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación2.000.000 € | Plazo27 de agosto de 2026 — 16 de noviembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución do 31 de marzo de 2026, pola que se establecen as bases reguladoras do Programa de axudas para a adquisición de vivenda na Comunidade Autónoma de Galicia e se procede a súa convocatoria para o ano 2026 (Código de procedemento VI501A) | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación2.000.000 € | Plazo15 de abril de 2026 — 15 de octubre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN do 24 de febreiro de 2026 pola que se establecen as bases reguladoras das axudas do programa Fogar Vivo (códigos de procedemento VI426F e VI426H) REG (UE) 2023/2831 | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación529.547 € | Plazo09 de marzo de 2026 — 03 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN del 24 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Fogar Vivo (códigos de procedimiento VI426F y VI426H).Medida no sujeta | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación2.263.029 € | Plazo09 de marzo de 2026 — 03 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN DE 18 de febrero de 2026, por la que se abre la convocatoria para el año 2026 de las ayudas a las comunidades de propietarios/as para la reparación, rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el Ins | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación1.000.000 € | Plazo21 de febrero de 2026 — 20 de abril de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Orden del 30 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las ayudas económicas a través del Bono Emancípate en el año 2026 y se procede a su convocatoria (código de procedimiento CT501B). | OrganismoCONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD | Dotación2.920.000 € | Plazo13 de febrero de 2026 — 30 de abril de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones para rehabilitar edificaciones y viviendas públicas de titularidad municipal y se procede su convocatoria, para el año 2026 | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación2.162.477 € | Plazo23 de enero de 2026 — 03 de julio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se procede a la convocatoria del Programa de infravivienda para el año 2026, tramitada como anticipado de gasto (código de procedimiento VI406A). | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación370.000 € | Plazo23 de enero de 2026 — 03 de julio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN de 22 de dicembre del 2025, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones del programa de ayudas de rehabilitación de viviendas en el rural y se procede a su convocatoria para el año 2026 | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación5.000.000 € | Plazo21 de enero de 2026 — 01 de septiembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas destinadas a la reparación de los daños causados en las viviendas y en su menaje doméstico por los incendios que se produjeron en Galicia durante el verano de 2025 | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación0 € | Plazo01 de septiembre de 2025 — 28 de noviembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN de 3/7/2025 por la que se regula el programa Fogar Vivo, se establecen las bases reguladoras de sus ayudas y se procede a su convocatoria para año 2025 (código de procedimiento VI426F) REG (UE)2023/2831 | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación203.952 € | Plazo18 de julio de 2025 — 30 de octubre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN de 3/7/2025 por la que se regula el programa Fogar Vivo, se establecen las bases reguladoras de sus ayudas y se procede a su convocatoria para año 2025 (código de procedimiento VI426F) Medida no sujeta | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación1.915.808 € | Plazo18 de julio de 2025 — 30 de octubre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las comunidades de propietarios/ as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación1.000.000 € | Plazo09 de mayo de 2025 — 08 de julio de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución por la que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas para la promoción de vivienda asequible en la Comunidad Autónoma de Galicia y se procede a su convocatoria, con financiación plurianual, para el año 2025 (VI435D) | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación9.540.000 € | Plazo08 de mayo de 2025 — 30 de septiembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución por la que se convoca el Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas en el marco del Plan de Recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU (VI406E) | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación2.198.339 € | Plazo08 de mayo de 2025 — 08 de julio de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado RESOLUCIÓN de 2025 por la que se procede a la convocatoria de las ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas para el año 2025, con carácter plurianual (código de procedimiento VI435B). | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación9.134.615 € | Plazo27 de marzo de 2025 — 28 de abril de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Convocatoria das axudas do Programa de mellora da accesibilidade-2025 | OrganismoINSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO (IGVS) | Dotación82.145 € | Plazo27 de marzo de 2025 — 28 de abril de 2025 | Fuente oficial |