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MOVES Proyectos Singulares (convocatorias cerradas): registro histórico

El IDAE clasifica las dos convocatorias del programa MOVES Proyectos Singulares II entre sus convocatorias cerradas. No hay plazo abierto ni consta un sustituto con el mismo objeto: qué fue el programa y dónde comprobarlo.

Publicado
15 de enero de 2026
Actualizado
02 de septiembre de 2026

Datos verificados en BDNS

Estatal · Vehículo y movilidad

En Estatal hay 6 convocatorias registradas de vehículo y movilidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 33.466.750 €. El organismo que más convoca es ENAIRE.

Convocatorias
6ninguna abierta ahora
Dotación registrada
33.466.750 €
Organismo que más convoca
ENAIRE

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · última convocatoria registrada el 02 de septiembre de 2026. Los datos de BDNS son dinámicos: consulta siempre la ficha oficial enlazada más abajo

Resumen rápido

El IDAE clasifica las dos convocatorias del programa MOVES Proyectos Singulares II entre sus convocatorias cerradas. No hay plazo abierto ni consta un sustituto con el mismo objeto: qué fue el programa y dónde comprobarlo.

Esta guía publica ficha propia de ámbito estatal para transporte y movilidad diaria, empleo y contratación y emprendimiento y autoempleo.

Organismo competente: IDAE Normativa de referencia: Real Decreto 1041/2021, de 23 de noviembre Estado: programa finalizado. No admite solicitudes nuevas.

Plazo cerrado

Cierre: convocatorias cerradas (IDAE)

Programa finalizado

El IDAE clasifica el Programa MOVES Proyectos Singulares II —sus dos convocatorias— en la relación de convocatorias cerradas de movilidad, junto al Programa MOVES Flotas, MOVES II, el Plan MOVES de 2019 y MOVES Proyectos Singulares 2019. No hay ninguna convocatoria abierta.

No consta un programa estatal sustituto con el mismo objeto. El Programa Auto+ (Real Decreto 609/2026, de 22 de julio), que sí es el incentivo estatal vigente en movilidad eléctrica, subvenciona exclusivamente la adquisición de vehículos: su artículo 1.1 dice que «la actuación subvencionable será la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados». No cubre infraestructura de recarga ni proyectos demostradores. Cuando el IDAE convoque una edición nueva, la publicará en el BOE y la anunciará en su portal de ayudas.

Verificado el 2 de septiembre de 2026.

¿En qué consiste la ayuda?

El Programa MOVES Proyectos Singulares fue una medida de la categoría Vehículo y movilidad gestionada por IDAE y regulada por Real Decreto 1041/2021, de 23 de noviembre.

El IDAE clasifica las dos convocatorias del programa MOVES Proyectos Singulares II entre sus convocatorias cerradas. No hay plazo abierto ni consta un sustituto con el mismo objeto: qué fue el programa y dónde comprobarlo.

Esta página se conserva como registro histórico del programa: mantiene lo que fue y explica qué ocupa hoy su lugar. No describe una convocatoria vigente.

Requisitos para solicitarla

Los requisitos que exigía la convocatoria eran, con carácter general, los siguientes:

  • Proyecto en territorio español.
  • Innovación tecnológica demostrable.
  • Memoria económica y técnica detallada.
  • Concurrencia competitiva.

⚠️ Importante: estos requisitos son los que se publicaron mientras el programa estuvo abierto y se conservan como registro histórico. No hay ninguna convocatoria vigente a la que aplicarlos.

Cuantías: registro histórico

Las cifras que circularon sobre este programa corresponden al periodo en el que estuvo abierto. No publicamos aquí ninguna cuantía como vigente, porque el programa ya no admite solicitudes. Si tienes una ayuda concedida, la cuantía, el plazo de justificación y las obligaciones son exactamente los de tu resolución de concesión.

Plazos: no hay ningún plazo abierto

Sin convocatoria abierta

Este programa no tiene convocatoria abierta ni consta que vaya a volver a convocarse. Si encuentras plazos referidos a él, corresponden a convocatorias ya cerradas.

Cómo se solicitaba

Mientras estuvo abierto, la solicitud se presentaba por vía telemática en la sede electrónica del organismo convocante, con certificado digital o Cl@ve, dentro del plazo que fijaba cada convocatoria. Ese trámite ya no está disponible.

Si tienes una ayuda concedida de este programa, sigues obligado a justificarla en los términos de tu resolución: consúltala y dirígete al organismo que la dictó.

Diferencias por Comunidad Autónoma

Mientras el programa estuvo abierto, cada comunidad autónoma podía establecer:

  • Umbrales de renta propios (más o menos restrictivos).
  • Cuantías complementarias financiadas con fondos autonómicos.
  • Plazos diferenciados de apertura y cierre.
  • Documentación adicional o trámite preferente para colectivos vulnerables.

Consulta la sección de ayudas por comunidad autónoma para ver las particularidades de tu territorio.

Enlaces oficiales y documentos

Preguntas frecuentes

¿Quién podía solicitar esta ayuda?

Podían solicitarla las personas físicas o jurídicas que cumplían los requisitos de la convocatoria: Proyecto en territorio español. Innovación tecnológica demostrable. El programa ya no admite solicitudes.

¿Cuánto llegó a pagar esta ayuda?

Las cuantías que tuvo el programa se conservan como registro histórico y no son aplicables hoy. Si tienes una ayuda concedida, la cuantía es la de tu resolución de concesión.

¿Se puede solicitar todavía?

No. El programa no admite solicitudes nuevas y no consta ninguna convocatoria futura. Esta página se conserva como registro histórico y para orientar a quien ya tiene una ayuda concedida.

¿Qué documentación se pedía?

La convocatoria pedía habitualmente DNI/NIE, certificado de empadronamiento, declaración de la renta, certificado de la Seguridad Social y la documentación específica de cada línea. Se recoge como registro histórico: el trámite ya no está disponible.

¿Es compatible con otras ayudas?

Depende de la normativa aplicable. La mayoría de subvenciones son incompatibles con otras del mismo concepto, pero pueden ser compatibles con bonificaciones fiscales o ayudas autonómicas. Revisa el artículo de "Compatibilidades" de la orden reguladora.

¿Cómo se cobra la ayuda una vez concedida?

Por transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, una vez resuelta favorablemente y publicada la resolución en la sede electrónica del organismo convocante.

¿Puedo recurrir si me la deniegan?

Sí. Frente a la resolución denegatoria cabe recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante el órgano que dictó la resolución, o recurso contencioso-administrativo en 2 meses.

¿Tengo que tributar por la ayuda en el IRPF?

Por regla general las subvenciones públicas tributan como ganancia patrimonial en el IRPF, salvo exenciones específicas (algunas ayudas al alquiler joven, MOVES, prestaciones sociales). Consulta a un asesor fiscal o la Consulta Vinculante DGT correspondiente.

¿Qué organismo convoca las ayudas de vehículo y movilidad en Estatal?

Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, los organismos convocantes son DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA; ENAIRE; DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS. En el periodo consultado constan 6 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.

¿Cuánto dinero se ha convocado para vehículo y movilidad en Estatal?

Las convocatorias registradas suman 33.466.750 € de dotación pública, entre 2026 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.

¿Quién puede solicitar estas ayudas en Estatal?

Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica; gran empresa. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.

¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?

Las bases reguladoras de las convocatorias de vehículo y movilidad en Estatal se publican en boe.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.

Quién convoca y cómo se publica en Estatal

Perfil administrativo de las ayudas de vehículo y movilidad, extraído de BDNS

Organismos convocantes
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA · ENAIRE · DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS
Tipos de beneficiario
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica · Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica · Gran empresa
Instrumento de la ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Dotación registrada
33.466.750 €en 6 convocatorias en 2026
Dónde se publican las bases
boe.es

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) · Los datos de BDNS son dinámicos: pueden corregirse o eliminarse tras su extracción.

Convocatorias registradas en Estatal

6 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .

Convocatorias de Subvenciones al transporte en Estatal, con organismo, dotación, plazo y enlace al registro oficial.
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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)Intervención General de la Administración del Estado. Datos extraídos el . Los datos de BDNS son dinámicos: pueden corregirse o eliminarse tras su extracción. Antes de solicitar cualquier ayuda, consulta el registro oficial y las bases reguladoras enlazadas: son los documentos que tienen validez. Aviso legal de BDNS.

Reutilización de información del sector público conforme al artículo 7 del Real Decreto 1495/2011: se cita la fuente, se mantiene el sentido de la información sin alterarlo y se indica la fecha de extracción. Intervención General de la Administración del Estado no participa en esta reutilización, ni la patrocina ni la apoya, y este sitio no es un canal oficial ni sustituye a la sede electrónica del organismo convocante.

Autoría

Redacción · Guía Ayudas

Equipo editorial especializado en políticas públicas, ayudas y subvenciones en España. Trabajamos exclusivamente con fuentes oficiales (BOE, BDNS, boletines autonómicos y ministerios) y revisamos periódicamente cada artículo. Más sobre la redacción.

Revisada por
Redacción · Guía Ayudas
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