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Ayudas a la movilidad eléctrica en Extremadura 2026: coche eléctrico, punto de recarga y deducciones

Ayudas al vehículo eléctrico en Extremadura 2026: el Programa Auto+ sustituye al MOVES III desde julio de 2026, qué queda para los puntos de recarga, la deducción en el IRPF y las ventajas fiscales locales. Fuentes oficiales.

Publicado
08 de julio de 2026
Actualizado
02 de septiembre de 2026
Gestiona
Consejería competente en energía e industria — Junta de Extremadura
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Enlace directo al portal oficial del organismo — el trámite es siempre gratuito.

Datos verificados en BDNS

Extremadura · Vehículo y movilidad

En Extremadura hay 5 convocatorias registradas de vehículo y movilidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 23.403.063 €. El organismo que más convoca es DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES.

Convocatorias
5ninguna abierta ahora
Dotación registrada
23.403.063 €
Organismo que más convoca
DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · última convocatoria registrada el 15 de diciembre de 2025. Los datos de BDNS son dinámicos: consulta siempre la ficha oficial enlazada más abajo

Comprar un vehículo eléctrico o instalar un punto de recarga combina en Extremadura varios incentivos, y en 2026 la pieza central ha cambiado de manos: el incentivo estatal a la compra ya no lo gestiona Consejería competente en energía e industria — Junta de Extremadura, sino el Ministerio de Industria y Turismo a través del Programa Auto+. A eso se suman la deducción estatal en el IRPF por la compra o la instalación (creada por el Real Decreto-ley 5/2023; comprueba en la Agencia Tributaria si sigue vigente para tu ejercicio), la exención del impuesto de matriculación para vehículos de cero emisiones y las ventajas locales que apruebe cada ayuntamiento.

Esta guía publica ficha propia en Extremadura para transporte y movilidad diaria, agricultura y mundo rural y alquiler joven.

El Plan MOVES III ha terminado: ahora rige el Programa Auto+

El Plan MOVES III no admite solicitudes desde el 1 de enero de 2026. Su última edición fue la de 2025, establecida por el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, cuyo «período de vigencia se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025». No existe norma que lo prorrogue a 2026, de modo que tu comunidad autónoma ya no gestiona ese programa.

Desde el 23 de julio de 2026 el incentivo estatal a la compra de vehículo eléctrico es el Programa Auto+, regulado por el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio. Cambia quién lo gestiona: la concesión es directa y centralizada en el Ministerio de Industria y Turismo, a través de un sistema telemático propio (art. 8.1), no en la sede electrónica autonómica.

Importes máximos de la Línea 1, para personas físicas que no realizan actividad económica, antes de aplicar los criterios de modulación del Anexo II: 4.500 € por turismo M1, 5.000 € por furgoneta N1, 1.100 € por motocicleta L3e-L5e y 1.500 € por cuadriciclo L6e-L7e. La convocatoria de 2026 tiene plazo del 4 de agosto al 31 de diciembre de 2026 (extracto en el BOE, BDNS 922783).

Dos cosas que esta página decía antes y ya no son ciertas. El tramo alto «con achatarramiento» era del MOVES III: el Programa Auto+ no premia el achatarramiento (sus tres criterios de modulación son el eléctrico, el económico y el europeo, y la palabra achatarramiento no aparece en el real decreto). Y la línea estatal para puntos de recarga también era del MOVES III: el Auto+ subvenciona únicamente la adquisición de vehículos (art. 1.1).

Verificado el 2 de septiembre de 2026 contra el texto publicado en el BOE.

El extracto oficial, palabra por palabra

De las 5 convocatorias de «Subvenciones al transporte» que esta guía extrajo de la BDNS para Extremadura el 3 de agosto de 2026, 2 publican el texto de su anuncio en el boletín oficial. Este es el de Dirección general de movilidad y transportes, con una dotación de 8.443.720,68 € (BDNS 837938, comprobado el ) y plazo de solicitud hasta el 31 de diciembre de 2025:

Extracto publicado en DOE. D.O. DE EXTREMADURA el

MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación, por cambio de la fuente de financiación en la anualidad 2026, de la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete, para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Secretaria General de 23 de mayo de

BDNS (Identif.): 837938

I. Con fecha 10 de junio de 2025, se publicó, en el número 110 del

Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de 23 de mayo de 2025, de

la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de

concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante

Leer el extracto completo (107 párrafos más)

el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y

se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del

precio del billete, para el año 2025.

En la misma fecha de 10 de junio de 2025, se publica, igualmente, en el

Diario Oficial de Extremadura, el Extracto de la Resolución de 23 de

mayo de 2025, en cuyo apartado cuarto (Cuantía), se expresa lo

siguiente:

“La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gasto

subvencionable contraído por las personas beneficiarias, se ajustará al

100% del mismo.

El importe total de la convocatoria es de ocho millones ciento setenta y

ocho mil setecientos

veinte euros con sesenta y ocho céntimos de euro (8.178.720,68 euros),

con cargo a la aplicación presupuestaria 160050000 G/353C/48000, Fuentes

de Financiación CAG0000001

(código de proyecto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones

y Apoyo al Transporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades

siguientes:

2025: 6.374.564,97 €.

2026: 1.804.155,71 €”.

II. Con fecha 4 de diciembre de 2025, se publica en el Diario Oficial de

Extremadura n.º 234 “MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se

da publicidad a la modificación del gasto por aumento del crédito

previsto en la Resolución de la Secretaría General de 23 de mayo de

2025, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de

subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el

transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se

dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del

precio del billete, para el año 2025”.

Dicha modificación del gasto origina la modificación de los créditos

previstos en la Resolución de 23 de mayo de 2025, dando lugar a un nuevo

reparto en los siguientes términos:

“El importe total de la convocatoria es de ocho millones cuatrocientos

cuarenta y tres mil setecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimos

de euro (8.443.720,68 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria

160050000 G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001 (código de

proyecto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo al

Transporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades siguientes:

2025: 6.639.564,97 €.

2026: 1.804.155,71 €”.

III. Previo procedimiento de concesión de las ayudas directas al

transporte de viajeros colectivo urbano e interurbano competencia de las

comunidades autónomas, con fecha 10 de diciembre de 2025 se dicta

Resolución n.º 1 de la Secretaría General de Movilidad Sostenible de

concesión de ayudas directas al transporte terrestre de viajeros

previstas en el capítulo I del título II del Real Decreto-ley 1/2025, de

28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia

económica, de transporte y de seguridad social, y para hacer frente a

situaciones de vulnerabilidad, en la que se reconoce a la Junta de

Extremadura el derecho a percibir, en concepto de anticipo, la cuantía

de 921.090,62 euros.

Una vez generado el crédito en el presupuesto 2026, en la aplicación

presupuestaria G/353C/48000, proyecto 20230416 y fondo TE35007002 por

importe 921.090,62 euros, se dispone de un saldo disponible en dicho

proyecto por valor de 1.146.124,04 euros. Como quiera que la estimación

del importe a liquidar de los reembolsos de las bonificaciones a las

entidades colaboradoras referentes al período julio-diciembre de 2025,

con crédito con financiación TE35007002, se aproxima a 1.146.124,29

euros, se considera oportuna la modificación de la anualidad 2026 de la

convocatoria pasando crédito con fuente de financiación CA a TE por

valor de 1.146.124,04 euros.

Considerando que el crédito hecho constar en el apartado sexto de la

resolución de convocatoria para la anualidad 2026 (1.804.155,71 €)

estaba imputado íntegramente a fondos autonómicos a través de la fuente

de financiación CAG0000001 (proyecto de gasto 20001041), mediante la

presente modificación de la convocatoria se pretende el cambio de la

fuente de financiación de una parte del crédito a la que debe ser

imputado el gasto correspondiente a la anualidad 2026.

IV. Dado lo anterior, se ha tramitado la modificación de la convocatoria

pública por cambio de la fuente de financiación en la anualidad 2026,

constando informe favorable de la Intervención y procediendo la

modificación del Extracto de la convocatoria publicado en el Diario

Oficial de Extremadura n.º 110, de 10 de junio de 2025.

Asimismo, y de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 39 de la

Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de

Extremadura, es preceptiva la publicación en el Diario Oficial de

Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de

un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la

convocatoria en el que se recojan las variaciones que puedan producirse

respecto a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantías

previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión

directa.

V. En virtud de lo referido, deben hacerse públicos la modificación del

Extracto y el anuncio por el que se da publicidad a la modificación, por

cambio de la fuente de financiación en la anualidad 2026, de la

convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento

de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de

viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la

subvención del 100 % del precio del billete, para el año 2025, aprobada

mediante Resolución de la Secretaria General de 23 de mayo de 2025, con

el siguiente reparto de crédito:

“El importe total de la convocatoria es de ocho millones cuatrocientos

cuarenta y tres mil setecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimos

de euro (8.443.720,68 euros), con cargo:

- a los fondos de la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto

20001041 (Fomento del transporte interurbano de viajeros por carretera.

Tarjeta de Transporte Subvencionado), por importe de 6.039.544,97 euros

(anualidad 2025) y de 658.031,67 euros (anualidad 2026), y

- a los fondos TE35007002, para el proyecto de gasto 20230416, por

importe de 600.020 euros (anualidad 2025) y 1.146.124,04 euros

(anualidad 2026),

con imputación, en ambos casos, a la aplicación presupuestaria 160050000

G/353C/48000,

en la cuantía total máxima de 8.443.720,68 euros, que resulta de la

siguiente distribución de anualidades:

2025: 6.639.564,97 €.

2026: 1.804.155,71 €”.

Texto literal del boletín oficial · BDNS 837938Ver el documento oficial

Fechas que constan en la BDNS

  1. Alta en la BDNS de «Subvención Nominativa 2024 Renfe Viajeros, SA. para financiar el…»

  2. Alta en la BDNS de «Subvención directa 2024 a la Entidad Deportiva Aeroclub Sierra de…»

  3. Alta en la BDNS de «Subvenciones 2025 para el fomento de la movilidad mediante el…»

  4. Extracto publicado en DOE

  5. Extracto publicado en DOE

  6. Cierre del plazo de «Subvenciones 2025 para el fomento de la movilidad mediante el…»

  7. Extracto publicado en DOE

Las bases reguladoras que registra la BDNS

  • Dirección general de movilidad y transportes — Decreto 83/2017, de 13 de junio, de bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera · texto de las bases · BDNS 837938

Preguntas frecuentes

¿La ayuda del plan de incentivos tributa?

Sí: es ganancia patrimonial en el IRPF del año de cobro (puede suponer 600–1.500 € de impacto según tu tipo). La deducción del 15 % es independiente y se aplica sobre el precio de compra con los límites de base establecidos.

¿Puedo pedir ayuda para el punto de recarga sin comprar coche?

Hoy no consta un programa estatal abierto para puntos de recarga: la línea de infraestructura era del Plan MOVES III, que no admite solicitudes desde el 1 de enero de 2026, y el Programa Auto+ (Real Decreto 609/2026) subvenciona únicamente la adquisición de vehículos. Comprueba si tu comunidad autónoma o tu ayuntamiento mantienen una línea propia en el boletín oficial y en la BDNS.

¿Qué ventajas locales tiene el eléctrico en Extremadura?

Etiqueta CERO de la DGT: bonificación de hasta el 75 % del IVTM en la mayoría de grandes municipios, aparcamiento regulado gratuito o bonificado, acceso libre a zonas de bajas emisiones y, en su caso, uso de carriles VAO. Confírmalo en la ordenanza de tu ayuntamiento.

¿Qué organismo convoca las ayudas de vehículo y movilidad en Extremadura?

Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el organismo convocante es DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES. En el periodo consultado constan 5 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.

¿Cuánto dinero se ha convocado para vehículo y movilidad en Extremadura?

Las convocatorias registradas suman 23.403.063 € de dotación pública, entre 2024 y 2025. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.

¿Quién puede solicitar estas ayudas en Extremadura?

Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas físicas que no desarrollan actividad económica; gran empresa; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.

¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?

Las bases reguladoras de las convocatorias de vehículo y movilidad en Extremadura se publican en doe.gobex.es, boe.es, doe.juntaex.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.

Quién convoca y cómo se publica en Extremadura

Perfil administrativo de las ayudas de vehículo y movilidad, extraído de BDNS

Organismos convocantes
DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES
Tipos de beneficiario
Personas físicas que no desarrollan actividad económica · Gran empresa · Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica
Instrumento de la ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Dotación registrada
23.403.063 €en 5 convocatorias entre 2024 y 2025
Dónde se publican las bases
doe.gobex.es · boe.es · doe.juntaex.es

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) · Los datos de BDNS son dinámicos: pueden corregirse o eliminarse tras su extracción.

Convocatorias registradas en Extremadura

5 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .

Convocatorias de Subvenciones al transporte en Extremadura, con organismo, dotación, plazo y enlace al registro oficial.
Plazo cerrado

Subvenciones 2026 para el fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera según Resolución de 3 de diciembre de 2025 que la convoca

BDNS 875186 · Concesión directa - canónica

OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTESDotación8.949.342 €PlazoHasta 31 de diciembre de 2026Fuente oficial
Plazo cerrado

Subvenciones 2025 para el fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera según Resolución de 23 de mayo de 2025 que la convoca

BDNS 837938 · Concesión directa - canónica

OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTESDotación8.443.721 €PlazoHasta 31 de diciembre de 2025Fuente oficial
Plazo cerrado

Subvención directa 2025 Renfe Viajeros, SA. para financiar el déficit de explotación de los servicios públicos de transporte por ferrocarril de media distancia en la Comunidad Autónoma de Extremadura en los años 2024 y 2025.

BDNS 872141 · Concesión directa - instrumental

OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTESDotación3.000.000 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial
Plazo cerrado

Subvención directa 2024 a la Entidad Deportiva Aeroclub Sierra de Alange, para la dotación de vehículo de navegación de apoyo al tráfico del Hidroaeródromo

BDNS 805454 · Concesión directa - instrumental

OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTESDotación10.000 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial
Plazo cerrado

Subvención Nominativa 2024 Renfe Viajeros, SA. para financiar el déficit de explotación de los servicios públicos de transporte por ferrocarril de media distancia en la Comunidad Autónoma de Extremadura en los años 2023 y 2024.

BDNS 794010 · Concesión directa - instrumental

OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTESDotación3.000.000 €PlazoSin plazo publicadoFuente oficial

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) — Intervención General de la Administración del Estado. Datos extraídos el . Los datos de BDNS son dinámicos: pueden corregirse o eliminarse tras su extracción. Antes de solicitar cualquier ayuda, consulta el registro oficial y las bases reguladoras enlazadas: son los documentos que tienen validez. Aviso legal de BDNS.

Reutilización de información del sector público conforme al artículo 7 del Real Decreto 1495/2011: se cita la fuente, se mantiene el sentido de la información sin alterarlo y se indica la fecha de extracción. Intervención General de la Administración del Estado no participa en esta reutilización, ni la patrocina ni la apoya, y este sitio no es un canal oficial ni sustituye a la sede electrónica del organismo convocante.

Autoría

Redacción · Guía Ayudas

Equipo editorial especializado en políticas públicas, ayudas y subvenciones en España. Trabajamos exclusivamente con fuentes oficiales (BOE, BDNS, boletines autonómicos y ministerios) y revisamos periódicamente cada artículo. Más sobre la redacción.

Cómo se elabora y se comprueba cada ficha: metodología editorial. Errores y actualizaciones: política de correcciones.

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La norma estatal de la que deriva esta ayuda

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