Ayudas a la movilidad eléctrica en Extremadura 2026: coche eléctrico, punto de recarga y deducciones
Ayudas al vehículo eléctrico en Extremadura 2026: el Programa Auto+ sustituye al MOVES III desde julio de 2026, qué queda para los puntos de recarga, la deducción en el IRPF y las ventajas fiscales locales. Fuentes oficiales.
- Publicado
- 08 de julio de 2026
- Actualizado
- 02 de septiembre de 2026
- Gestiona
- Consejería competente en energía e industria — Junta de Extremadura
Datos verificados en BDNS
En Extremadura hay 5 convocatorias registradas de vehículo y movilidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 23.403.063 €. El organismo que más convoca es DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES.
- 5
- 23.403.063 €
- DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES
Comprar un vehículo eléctrico o instalar un punto de recarga combina en Extremadura varios incentivos, y en 2026 la pieza central ha cambiado de manos: el incentivo estatal a la compra ya no lo gestiona Consejería competente en energía e industria — Junta de Extremadura, sino el Ministerio de Industria y Turismo a través del Programa Auto+. A eso se suman la deducción estatal en el IRPF por la compra o la instalación (creada por el Real Decreto-ley 5/2023; comprueba en la Agencia Tributaria si sigue vigente para tu ejercicio), la exención del impuesto de matriculación para vehículos de cero emisiones y las ventajas locales que apruebe cada ayuntamiento.
Esta guía publica ficha propia en Extremadura para transporte y movilidad diaria, agricultura y mundo rural y alquiler joven.
El Plan MOVES III ha terminado: ahora rige el Programa Auto+
El Plan MOVES III no admite solicitudes desde el 1 de enero de 2026. Su última edición fue la de 2025, establecida por el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, cuyo «período de vigencia se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025». No existe norma que lo prorrogue a 2026, de modo que tu comunidad autónoma ya no gestiona ese programa.
Desde el 23 de julio de 2026 el incentivo estatal a la compra de vehículo eléctrico es el Programa Auto+, regulado por el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio. Cambia quién lo gestiona: la concesión es directa y centralizada en el Ministerio de Industria y Turismo, a través de un sistema telemático propio (art. 8.1), no en la sede electrónica autonómica.
Importes máximos de la Línea 1, para personas físicas que no realizan actividad económica, antes de aplicar los criterios de modulación del Anexo II: 4.500 € por turismo M1, 5.000 € por furgoneta N1, 1.100 € por motocicleta L3e-L5e y 1.500 € por cuadriciclo L6e-L7e. La convocatoria de 2026 tiene plazo del 4 de agosto al 31 de diciembre de 2026 (extracto en el BOE, BDNS 922783).
Dos cosas que esta página decía antes y ya no son ciertas. El tramo alto «con achatarramiento» era del MOVES III: el Programa Auto+ no premia el achatarramiento (sus tres criterios de modulación son el eléctrico, el económico y el europeo, y la palabra achatarramiento no aparece en el real decreto). Y la línea estatal para puntos de recarga también era del MOVES III: el Auto+ subvenciona únicamente la adquisición de vehículos (art. 1.1).
Verificado el 2 de septiembre de 2026 contra el texto publicado en el BOE.
El extracto oficial, palabra por palabra
De las 5 convocatorias de «Subvenciones al transporte» que esta guía extrajo de la BDNS para Extremadura el 3 de agosto de 2026, 2 publican el texto de su anuncio en el boletín oficial. Este es el de Dirección general de movilidad y transportes, con una dotación de 8.443.720,68 € y plazo de solicitud hasta el 31 de diciembre de 2025:
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación, por cambio de la fuente de financiación en la anualidad 2026, de la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete, para el año 2025, aprobada mediante Resolución de la Secretaria General de 23 de mayo de
BDNS (Identif.): 837938
I. Con fecha 10 de junio de 2025, se publicó, en el número 110 del
Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de 23 de mayo de 2025, de
la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de
concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante
Leer el extracto completo (107 párrafos más)
el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y
se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del
precio del billete, para el año 2025.
En la misma fecha de 10 de junio de 2025, se publica, igualmente, en el
Diario Oficial de Extremadura, el Extracto de la Resolución de 23 de
mayo de 2025, en cuyo apartado cuarto (Cuantía), se expresa lo
siguiente:
“La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gasto
subvencionable contraído por las personas beneficiarias, se ajustará al
100% del mismo.
El importe total de la convocatoria es de ocho millones ciento setenta y
ocho mil setecientos
veinte euros con sesenta y ocho céntimos de euro (8.178.720,68 euros),
con cargo a la aplicación presupuestaria 160050000 G/353C/48000, Fuentes
de Financiación CAG0000001
(código de proyecto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones
y Apoyo al Transporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades
siguientes:
2025: 6.374.564,97 €.
2026: 1.804.155,71 €”.
II. Con fecha 4 de diciembre de 2025, se publica en el Diario Oficial de
Extremadura n.º 234 “MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se
da publicidad a la modificación del gasto por aumento del crédito
previsto en la Resolución de la Secretaría General de 23 de mayo de
2025, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de
subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el
transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se
dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del
precio del billete, para el año 2025”.
Dicha modificación del gasto origina la modificación de los créditos
previstos en la Resolución de 23 de mayo de 2025, dando lugar a un nuevo
reparto en los siguientes términos:
“El importe total de la convocatoria es de ocho millones cuatrocientos
cuarenta y tres mil setecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimos
de euro (8.443.720,68 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria
160050000 G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001 (código de
proyecto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo al
Transporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades siguientes:
2025: 6.639.564,97 €.
2026: 1.804.155,71 €”.
III. Previo procedimiento de concesión de las ayudas directas al
transporte de viajeros colectivo urbano e interurbano competencia de las
comunidades autónomas, con fecha 10 de diciembre de 2025 se dicta
Resolución n.º 1 de la Secretaría General de Movilidad Sostenible de
concesión de ayudas directas al transporte terrestre de viajeros
previstas en el capítulo I del título II del Real Decreto-ley 1/2025, de
28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia
económica, de transporte y de seguridad social, y para hacer frente a
situaciones de vulnerabilidad, en la que se reconoce a la Junta de
Extremadura el derecho a percibir, en concepto de anticipo, la cuantía
de 921.090,62 euros.
Una vez generado el crédito en el presupuesto 2026, en la aplicación
presupuestaria G/353C/48000, proyecto 20230416 y fondo TE35007002 por
importe 921.090,62 euros, se dispone de un saldo disponible en dicho
proyecto por valor de 1.146.124,04 euros. Como quiera que la estimación
del importe a liquidar de los reembolsos de las bonificaciones a las
entidades colaboradoras referentes al período julio-diciembre de 2025,
con crédito con financiación TE35007002, se aproxima a 1.146.124,29
euros, se considera oportuna la modificación de la anualidad 2026 de la
convocatoria pasando crédito con fuente de financiación CA a TE por
valor de 1.146.124,04 euros.
Considerando que el crédito hecho constar en el apartado sexto de la
resolución de convocatoria para la anualidad 2026 (1.804.155,71 €)
estaba imputado íntegramente a fondos autonómicos a través de la fuente
de financiación CAG0000001 (proyecto de gasto 20001041), mediante la
presente modificación de la convocatoria se pretende el cambio de la
fuente de financiación de una parte del crédito a la que debe ser
imputado el gasto correspondiente a la anualidad 2026.
IV. Dado lo anterior, se ha tramitado la modificación de la convocatoria
pública por cambio de la fuente de financiación en la anualidad 2026,
constando informe favorable de la Intervención y procediendo la
modificación del Extracto de la convocatoria publicado en el Diario
Oficial de Extremadura n.º 110, de 10 de junio de 2025.
Asimismo, y de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 39 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, es preceptiva la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la
convocatoria en el que se recojan las variaciones que puedan producirse
respecto a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantías
previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión
directa.
V. En virtud de lo referido, deben hacerse públicos la modificación del
Extracto y el anuncio por el que se da publicidad a la modificación, por
cambio de la fuente de financiación en la anualidad 2026, de la
convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento
de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de
viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la
subvención del 100 % del precio del billete, para el año 2025, aprobada
mediante Resolución de la Secretaria General de 23 de mayo de 2025, con
el siguiente reparto de crédito:
“El importe total de la convocatoria es de ocho millones cuatrocientos
cuarenta y tres mil setecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimos
de euro (8.443.720,68 euros), con cargo:
- a los fondos de la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto
20001041 (Fomento del transporte interurbano de viajeros por carretera.
Tarjeta de Transporte Subvencionado), por importe de 6.039.544,97 euros
(anualidad 2025) y de 658.031,67 euros (anualidad 2026), y
- a los fondos TE35007002, para el proyecto de gasto 20230416, por
importe de 600.020 euros (anualidad 2025) y 1.146.124,04 euros
(anualidad 2026),
con imputación, en ambos casos, a la aplicación presupuestaria 160050000
G/353C/48000,
en la cuantía total máxima de 8.443.720,68 euros, que resulta de la
siguiente distribución de anualidades:
2025: 6.639.564,97 €.
2026: 1.804.155,71 €”.
Fechas que constan en la BDNS
Alta en la BDNS de «Subvención Nominativa 2024 Renfe Viajeros, SA. para financiar el…»
Alta en la BDNS de «Subvención directa 2024 a la Entidad Deportiva Aeroclub Sierra de…»
Alta en la BDNS de «Subvenciones 2025 para el fomento de la movilidad mediante el…»
Extracto publicado en DOE
Extracto publicado en DOE
Cierre del plazo de «Subvenciones 2025 para el fomento de la movilidad mediante el…»
Extracto publicado en DOE
Las bases reguladoras que registra la BDNS
- Dirección general de movilidad y transportes — Decreto 83/2017, de 13 de junio, de bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera · texto de las bases · BDNS 837938
Preguntas frecuentes
¿La ayuda del plan de incentivos tributa?
Sí: es ganancia patrimonial en el IRPF del año de cobro (puede suponer 600–1.500 € de impacto según tu tipo). La deducción del 15 % es independiente y se aplica sobre el precio de compra con los límites de base establecidos.
¿Puedo pedir ayuda para el punto de recarga sin comprar coche?
Hoy no consta un programa estatal abierto para puntos de recarga: la línea de infraestructura era del Plan MOVES III, que no admite solicitudes desde el 1 de enero de 2026, y el Programa Auto+ (Real Decreto 609/2026) subvenciona únicamente la adquisición de vehículos. Comprueba si tu comunidad autónoma o tu ayuntamiento mantienen una línea propia en el boletín oficial y en la BDNS.
¿Qué ventajas locales tiene el eléctrico en Extremadura?
Etiqueta CERO de la DGT: bonificación de hasta el 75 % del IVTM en la mayoría de grandes municipios, aparcamiento regulado gratuito o bonificado, acceso libre a zonas de bajas emisiones y, en su caso, uso de carriles VAO. Confírmalo en la ordenanza de tu ayuntamiento.
¿Qué organismo convoca las ayudas de vehículo y movilidad en Extremadura?
Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el organismo convocante es DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES. En el periodo consultado constan 5 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.
¿Cuánto dinero se ha convocado para vehículo y movilidad en Extremadura?
Las convocatorias registradas suman 23.403.063 € de dotación pública, entre 2024 y 2025. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.
¿Quién puede solicitar estas ayudas en Extremadura?
Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas físicas que no desarrollan actividad económica; gran empresa; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.
¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?
Las bases reguladoras de las convocatorias de vehículo y movilidad en Extremadura se publican en doe.gobex.es, boe.es, doe.juntaex.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.
Quién convoca y cómo se publica en Extremadura
- DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES
- Personas físicas que no desarrollan actividad económica · Gran empresa · Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- 23.403.063 €
Convocatorias registradas en Extremadura
5 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .
| Convocatoria | Organismo | Dotación | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Plazo cerrado Subvenciones 2026 para el fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera según Resolución de 3 de diciembre de 2025 que la convoca | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES | Dotación8.949.342 € | PlazoHasta 31 de diciembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvenciones 2025 para el fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera según Resolución de 23 de mayo de 2025 que la convoca | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES | Dotación8.443.721 € | PlazoHasta 31 de diciembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención directa 2025 Renfe Viajeros, SA. para financiar el déficit de explotación de los servicios públicos de transporte por ferrocarril de media distancia en la Comunidad Autónoma de Extremadura en los años 2024 y 2025. | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES | Dotación3.000.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención directa 2024 a la Entidad Deportiva Aeroclub Sierra de Alange, para la dotación de vehículo de navegación de apoyo al tráfico del Hidroaeródromo | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES | Dotación10.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención Nominativa 2024 Renfe Viajeros, SA. para financiar el déficit de explotación de los servicios públicos de transporte por ferrocarril de media distancia en la Comunidad Autónoma de Extremadura en los años 2023 y 2024. | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y TRANSPORTES | Dotación3.000.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |