Programa Auto+ 2026: hasta 4.500 € por comprar un coche eléctrico
El Programa Auto+ sustituye al MOVES III desde julio de 2026. Concesión directa del Ministerio de Industria y Turismo, hasta 4.500 € por turismo eléctrico para particulares y plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Publicado
- 02 de septiembre de 2026
- Actualizado
- 02 de septiembre de 2026
- Apertura del plazo
- 04 de agosto de 2026
- Cierre del plazo
- 31 de diciembre de 2026
- Gestiona
- Ministerio de Industria y Turismo — Secretaría de Estado de Industria
Plazo abierto
Fecha límite: 31 de diciembre de 2026
Datos verificados en BDNS
En Estatal hay 18 convocatorias registradas de vehículo y movilidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 1.710.230.448 €. El organismo que más convoca es DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD.
- 18
- 1.710.230.448 €
- DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD
Resumen rápido
El Programa Auto+ es la ayuda estatal a la compra de vehículos eléctricos y electrificados vigente desde el 23 de julio de 2026. Sustituye al Plan MOVES III y cambia el modelo: concesión directa, gestión centralizada en el Ministerio de Industria y Turismo y vigencia hasta 2030.
Organismo competente: Ministerio de Industria y Turismo — Secretaría de Estado de Industria Normativa de referencia: Real Decreto 609/2026, de 22 de julio (BOE-A-2026-16010) Cuantía máxima para un particular: 4.500 € por turismo M1 antes de modulación
Plazo abierto
Fecha límite: 31 de diciembre de 2026
Tabla de contenidos
- Qué es y a quién sustituye
- Quién puede pedirlo
- Cuánto se cobra
- Cómo se calcula la ayuda
- Plazo y presupuesto
- Cómo solicitarlo paso a paso
- Obligaciones después de cobrar
- Preguntas frecuentes
- Enlaces oficiales y documentos
Qué es y a quién sustituye
El Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, publicado en el BOE del 23 de julio de 2026, «regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+)». Su artículo 1.1 fija el objeto: «la actuación subvencionable será la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados incluidos en las categorías establecidas en el anexo I», y añade que «quedan excluidos del ámbito de aplicación de este programa los vehículos que no dispongan de la etiqueta ambiental CERO de la Dirección General de Tráfico».
Sustituye de hecho al Plan MOVES III, cuya última edición fue la de 2025 y que no admite solicitudes desde el 1 de enero de 2026. Estas son las diferencias que importan:
| Plan MOVES III | Programa Auto+ | |
|---|---|---|
| Gestión | Comunidades autónomas con fondos del IDAE | Centralizada en el Ministerio de Industria y Turismo |
| Concesión | Convocatoria autonómica | Concesión directa, por orden de presentación (art. 3.1) |
| Dónde se pide | Sede electrónica de cada comunidad | Sistema telemático de gestión del Ministerio (art. 8.1) |
| Achatarramiento | Daba un incremento de ayuda | No es criterio de cuantía |
| Vigencia | Terminada el 31 de diciembre de 2025 | Hasta el 31 de diciembre de 2030 (art. 2.2) |
El artículo 2.2 lo dice sin margen: «La vigencia del Programa Auto+ finalizará el 31 de diciembre de 2030.» Y el artículo 1.6 aclara que el propio real decreto «tiene la consideración de bases reguladoras»: cada año, una orden del Ministro de Industria y Turismo aprueba la convocatoria, que se publica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y cuyo extracto sale en el BOE.
Quién puede pedirlo
El programa tiene dos líneas, y cada convocatoria incluye una sola de las dos (art. 5.2).
- Línea 1. «Las personas físicas mayores de edad que no realicen una actividad económica, con residencia legal en España» (art. 4.1.a). Máximo un vehículo por beneficiario.
- Línea 2. Empresas con personalidad jurídica propia y personas físicas que desarrollen actividades económicas dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT (art. 4.1.b). Máximo diez vehículos por empresa y tres por autónomo. No pueden ser beneficiarios los concesionarios y puntos de venta cuyo epígrafe del IAE sea el 615.1 o el 654.1.
Quedan fuera del programa, en las dos líneas, «las adquisiciones de autocares o autobuses de la categoría M2 o M3, y camiones o furgones de categoría N2 o N3» (art. 1.5).
Cuánto se cobra
Estos son los importes máximos de los Anexos II y III. Son topes, no la ayuda que se cobra: sobre ellos se aplican los criterios de modulación de la sección siguiente.
| Vehículo | Línea 1 · particulares | Línea 2 · autónomos y microempresas | Línea 2 · resto de empresas |
|---|---|---|---|
| Turismo M1 | 4.500 € | 6.000 € | 4.500 € |
| Furgoneta N1 | 5.000 € | 7.500 € | 5.000 € |
| Motocicleta L3e, L4e, L5e | 1.100 € | 1.100 € | 1.100 € |
| Cuadriciclo L6e y L7e | 1.500 € | 1.500 € | 1.500 € |
Existe un cuarto tramo, superior, en el Anexo III apartado 1.c): 7.000 € por turismo M1, 12.000 € por furgoneta N1 y 2.000 € por motocicleta o cuadriciclo. Está reservado a autónomos y microempresas cuya actividad esté en las secciones de la CNAE-2025 que delimite cada convocatoria, con cargo al Fondo Social para el Clima, y en él «únicamente serán subvencionables vehículos de emisión cero, quedando expresamente excluidos los vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV) y los vehículos híbridos enchufables (PHEV)». No es la cuantía general y no se aplica a particulares.
La ayuda «tampoco podrá, en ningún caso, superar el coste de adquisición del vehículo» (art. 5.6).
Cómo se calcula la ayuda
La cuantía se calcula «de forma acumulativa, limitada al importe máximo de la ayuda», aplicando tres porcentajes sobre ese máximo (apartado 2 de los Anexos II y III):
Criterio eléctrico (E1). 50 % del importe máximo para vehículos eléctricos puros; 25 % para eléctricos de autonomía extendida e híbridos enchufables.
Criterio económico (E2). En turismos M1, 25 % si el precio es de hasta 35.000 € y 15 % si supera los 35.000 €; en el resto de vehículos, 25 %. El precio máximo del vehículo es de 45.000 € en turismos M1 de hasta siete plazas y de 10.000 € en motocicletas L3e, L4e y L5e. Todos los precios se entienden «en factura (que deberán incluir todos los extras, accesorios y servicios asociados a la venta del vehículo), sin impuestos, y después de realizar los pertinentes descuentos comerciales».
Criterio europeo (E3). 15 % si el montaje y la terminación final del vehículo se han hecho en al menos una instalación industrial de la UE, más un 10 % adicional por la fabricación de la batería en la UE, con requisitos añadidos sobre el origen de los componentes y el contenido de mercurio. Según la disposición transitoria segunda, ese tramo «sólo podrá otorgarse a aquellos modelos de vehículos que, en el momento de la solicitud, se encuentren incluidos en la Lista Blanca del Programa Auto+».
Qué significa esto en la práctica
Un turismo eléctrico puro de 30.000 € comprado por un particular, montado en la UE y cuyo modelo cumple todas las condiciones de batería de la Lista Blanca acumula 50 % + 25 % + 15 % + 10 % = 100 % del máximo de la Línea 1, es decir 4.500 €. Un híbrido enchufable de 40.000 € montado fuera de la UE acumula 25 % + 15 %, es decir 1.800 €. El cálculo exacto lo hace el sistema telemático con los datos de tu factura y del modelo.
Plazo y presupuesto
La convocatoria de 2026 de la Línea 1 está abierta. Su extracto, publicado en el BOE del 4 de agosto de 2026 (BOE-B-2026-26062, BDNS 922783), fija: «El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 4 de agosto de 2026, a las 10:00 (hora peninsular), y finalizará el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 (hora peninsular).» El importe convocado es de 350.000.000 euros.
La disposición adicional tercera del real decreto reparte el presupuesto de 2026: 350 millones de euros para la Línea 1 y 50 millones para la Línea 2, de los que 42 millones son de presupuestos generales y 8 millones del Fondo Social para el Clima.
Con carácter general, el artículo 6 fija que el plazo de cada convocatoria «se prolongará hasta el 15 de octubre del año en curso como máximo», y que puede llegar al 31 de diciembre si el crédito que la financia es incorporable, que es lo que ocurre en 2026.
Qué pasa si se agota el presupuesto. Las solicitudes posteriores «entrarán a formar parte de una lista de espera y que serán atendidas por riguroso orden de presentación de las mismas», supeditadas a que se liberen fondos. El artículo 5.4 avisa: «En ningún caso el hecho de presentar una solicitud y que esta forme parte de la lista de espera señalada en este apartado generará derecho alguno a la percepción de ayuda.»
Cómo solicitarlo paso a paso
- Comprueba que el modelo tiene etiqueta CERO de la DGT y que su precio en factura, sin impuestos, no supera el límite de su categoría.
- Compra el vehículo y exige que la factura recoja el descuento de al menos 1.000 € aplicado por el punto de venta o el fabricante, «registrado con un concepto indubitadamente relacionado con el Programa Auto+» (art. 8.3.b.5.º). Es obligatorio en vehículos nuevos M1 y N1.
- Matricula el vehículo y obtén la Ficha Técnica (Tarjeta ITV) y el Permiso de Circulación definitivos: el real decreto no admite documentos provisionales.
- Accede al sistema telemático de gestión del Ministerio con firma electrónica avanzada. Puedes actuar por medio de representante, y el propio artículo 8.2 prevé que ejerzan esa representación los concesionarios, puntos de venta y empresas de renting o leasing.
- Cumplimenta el formulario con los datos del interesado, del vehículo y de la cuenta bancaria, y sube la documentación del artículo 8.3.
- Presenta la solicitud dentro del plazo. La concesión es por orden de presentación hasta agotar el presupuesto.
Fechas de la convocatoria de 2026
La disposición transitoria primera admite, para 2026, vehículos nuevos matriculados por primera vez a nombre del beneficiario desde el 1 de enero de 2026, y otros vehículos cuya primera matriculación como nuevos sea igual o posterior al 1 de enero de 2025. Para los comprados antes de la apertura del plazo, la factura puede no reflejar el descuento de 1.000 €.
Obligaciones después de cobrar
La obligación con más consecuencias es la de permanencia: «Mantener la titularidad del vehículo y su matriculación en España al menos durante dos años desde el momento de la concesión de la subvención» (art. 10.1.d). El artículo 11.4 añade que transmitirlo o darlo de baja dentro de esos dos años «determinará el reintegro íntegro de la ayuda», salvo baja definitiva por robo, siniestro o daños irreparables, sustitución por defectos graves de origen o fallecimiento del beneficiario.
Además, hay que comunicar al órgano gestor cualquier transmisión o baja del vehículo en ese plazo de dos años (art. 10.1.f).
Enlaces oficiales y documentos
- Real Decreto 609/2026, de 22 de julio (BOE-A-2026-16010)
- Extracto de la convocatoria 2026 de la Línea 1 (BOE-B-2026-26062)
- Portal de Ayudas del Ministerio de Industria y Turismo — Programa Auto+
- Ficha de la convocatoria en la BDNS (922783)
Desconfía de intermediarios
Los trámites ante la Administración son gratuitos. Nadie puede cobrarte por «reservar plaza» en una subvención pública. El concesionario sí puede tramitar la ayuda en tu nombre como representante autorizado, pero eso no le da derecho a cobrarte por ello.
Todos los datos de esta página proceden del texto del Real Decreto 609/2026 y del extracto de convocatoria publicados en el «Boletín Oficial del Estado», consultados el 2 de septiembre de 2026. Si detectas un error o una actualización, escríbenos a [email protected].
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se puede recibir por un coche eléctrico?
En la Línea 1, la de particulares, el importe máximo es de 4.500 € por turismo M1, 5.000 € por furgoneta N1, 1.100 € por motocicleta L3e-L5e y 1.500 € por cuadriciclo L6e-L7e. Sobre ese máximo se aplican tres criterios acumulativos de modulación, así que la ayuda efectiva puede ser menor.
¿De dónde salen los 7.000 € que se leen en algunos sitios?
Del Anexo III, apartado 1.c) del Real Decreto 609/2026, y solo se aplican a autónomos y microempresas de determinados sectores de la CNAE-2025 con cargo al Fondo Social para el Clima. No es la cuantía general y no corresponde a un particular.
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El extracto publicado en el BOE fija el plazo de la convocatoria de 2026 de la Línea 1 entre el 4 de agosto de 2026 a las 10:00 y el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00, hora peninsular, o hasta agotar los 350 millones de euros asignados.
¿Dónde se presenta la solicitud?
En el sistema telemático de gestión del Ministerio de Industria y Turismo, con firma electrónica avanzada. No se presenta en la comunidad autónoma: a diferencia del MOVES III, el Programa Auto+ es de concesión directa y gestión centralizada.
¿Se puede pedir por un vehículo comprado antes de la convocatoria?
Para la convocatoria de 2026, la disposición transitoria primera admite vehículos nuevos matriculados por primera vez a nombre del beneficiario desde el 1 de enero de 2026, y otros vehículos cuya primera matriculación como nuevos sea igual o posterior al 1 de enero de 2025.
¿Da más ayuda entregar un coche viejo?
No. El Programa Auto+ no contempla el achatarramiento como criterio de cuantía. Sus tres criterios de modulación son el eléctrico, el económico y el europeo. El incremento por achatarramiento existía en el Plan MOVES III, que dejó de admitir solicitudes el 1 de enero de 2026.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con el límite del 80 % del coste subvencionable, siempre que las otras ayudas no sean instrumentos de la Unión Europea (art. 3.3). Las solicitudes de la Línea 2 están además sujetas al régimen de minimis.
¿Cuánto tiempo hay que conservar el coche?
Al menos dos años desde la resolución de concesión, manteniendo la titularidad y la matriculación en España. Transmitirlo o darlo de baja antes obliga a reintegrar la ayuda íntegra, salvo las excepciones tasadas del artículo 10.1.d.
¿Qué organismo convoca las ayudas de vehículo y movilidad en Estatal?
Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, los organismos convocantes son DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA; ENAIRE; DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS. En el periodo consultado constan 18 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.
¿Cuánto dinero se ha convocado para vehículo y movilidad en Estatal?
Las convocatorias registradas suman 1.710.230.448 € de dotación pública, entre 2025 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.
¿Quién puede solicitar estas ayudas en Estatal?
Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica; gran empresa. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.
¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?
Las bases reguladoras de las convocatorias de vehículo y movilidad en Estatal se publican en boe.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.
Quién convoca y cómo se publica en Estatal
- DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA · ENAIRE · DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS · AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA · DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL · DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD
- Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica · Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica · Gran empresa
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- 1.710.230.448 €
Convocatorias registradas en Estatal
18 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el 03 de agosto de 2026.
| Convocatoria | Organismo | Dotación | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Plazo cerrado AYUDAS PARA LA FORMACION EN RELACION CON EL TRANSPORTE POR CARRETERA - 2026 | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA | Dotación3.858.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Ayudas al abandono de la actividad de transportista 2026 | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA | Dotación9.600.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución de la Dirección General de ENAIRE por la que se aprueba la concesión de una entrega dineraria sin contraprestación a la Federación Instituto de la Ingenieria de España, para apoyar la celebración "VI Congreso de Ingenieria Espacial de España" | OrganismoENAIRE | Dotación1500 € | Plazo10 de enero de 2026 — 10 de febrero de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución de la Dirección General de ENAIRE por la que se aprueba la concesión de una entrega dineraria sin contraprestación a la Asociación Club Excelencia en Gestión vía Innovación, para apoyar sus actividades en el 2025 | OrganismoENAIRE | Dotación5250 € | Plazo20 de marzo de 2025 — 20 de abril de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se acuerda iniciar el procedimiento para el otorgamiento de compensaciones a los transportes de plátano con origen en Canarias realizados en el año 2025. | OrganismoDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS | Dotación20.000.000 € | Plazo01 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Ayuda para sufragar el precio de determinados productos energéticos para las empresas de transporte por carretera NO beneficiarias de la devolución por Gasóleo Profesional arts38 a42 Real Decreto Ley 20/2022 y arts 156 y ss Real Decreto Ley 5/2023.Año2025 | OrganismoAGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA | Dotación187.946.751 € | Plazo01 de abril de 2025 — 31 de octubre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Ayuda para sufragar el precio de determinados productos energéticos para las empresas de transporte por carretera beneficiarias de la devolución por Gasóleo Profesional arts 34 a 37 Real Decreto Ley 20/2022 y arts 167 y ss Real Decreto-Ley 5/2023.Año 2025 | OrganismoAGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA | Dotación472.858.397 € | Plazo01 de enero de 2025 — 31 de diciembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvenciones al transporte aéreo para residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL | Dotación560.810.050 € | Plazo01 de enero de 2026 — 31 de diciembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvenciones al transporte aéreo para familias numerosas | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL | Dotación4.450.000 € | Plazo01 de enero de 2026 — 31 de diciembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Ttes. 2024 Real Decreto 147/2019, de 15 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias. | OrganismoDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS | Dotación35.529.240 € | Plazo01 de enero de 2024 — 31 de diciembre de 2024 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención a entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD | Dotación51.054.740 € | Plazo01 de junio de 2025 — 15 de julio de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención de concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del transporte público regular de viajeros. | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD | Dotación47.500.000 € | Plazo03 de noviembre de 2025 — 14 de noviembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención de concesión directa a la Autoridad del Transporte Metropolitano de Valencia (ATMV) para la financiación del transporte público regular de viajeros. | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD | Dotación40.000.000 € | Plazo03 de noviembre de 2025 — 14 de noviembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención de concesión directa al Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM) para la financiación del transporte público regular de viajeros. | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD | Dotación126.894.000 € | Plazo03 de noviembre de 2025 — 14 de noviembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención de concesión directa a la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona (ATMB) para la financiación del transporte público regular de viajeros. | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD | Dotación149.301.520 € | Plazo03 de noviembre de 2025 — 14 de noviembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención de concesión directa a la Universidad Politécnica de Madrid para el Observatorio de la Movilidad Metropolitana | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD | Dotación120.000 € | Plazo28 de noviembre de 2025 — 11 de diciembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Subvención de concesión directa a la Fundación Centro de Innovación y Tecnología de la Universitat Politècnica de Catalunya (CIT UPC) para las actividades del Centro de Investigación e Innovación en Movilidad Avanzada (CIIMA-UP4). | OrganismoDIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS DE MOVILIDAD | Dotación300.000 € | Plazo11 de septiembre de 2025 — 25 de septiembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución de la Dirección General de ENAIRE por la que se aprueba la concesión de una entrega dineraria sin contraprestación a la Asociación Real Aeroclub de España (RACE), para apoyar la 51 vuelta aérea -XXXVI Trofeo de SM el Rey. | OrganismoENAIRE | Dotación1000 € | Plazo01 de abril de 2025 — 30 de abril de 2025 | Fuente oficial |
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