Kit Digital (programa finalizado): qué fue y qué pasa con los bonos concedidos
Kit Digital dejó de admitir solicitudes el 31 de octubre de 2025, cuando Red.es cerró sus dos últimas convocatorias. Qué fue el programa, qué obligaciones quedan para quien tiene un bono concedido y por qué no tiene sustituto estatal.
- Publicado
- 15 de enero de 2026
- Actualizado
- 02 de septiembre de 2026
Plazo cerrado
Fecha límite: 31 de octubre de 2025
Datos verificados en BDNS
En Estatal hay 6 convocatorias registradas de autónomos y empresas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 82.406.409 €. El organismo que más convoca es FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P..
- 6
- 82.406.409 €
- FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P.
Resumen rápido
Kit Digital dejó de admitir solicitudes el 31 de octubre de 2025, cuando Red.es cerró sus dos últimas convocatorias. Qué fue el programa, qué obligaciones quedan para quien tiene un bono concedido y por qué no tiene sustituto estatal.
Esta guía publica ficha propia de ámbito estatal para emprendimiento y autoempleo, mujer e igualdad y empleo y contratación.
Organismo competente: Red.es - Ministerio para la Transformación Digital Normativa de referencia: Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre; sucesivas modificaciones Estado: programa finalizado. No admite solicitudes nuevas.
Plazo cerrado
Cierre: 31 de octubre de 2025
Programa finalizado: Kit Digital cerró el 31 de octubre de 2025
Kit Digital cerró el plazo de solicitud el 31 de octubre de 2025. Ese día Red.es cerró las dos últimas convocatorias que quedaban abiertas —la de autónomos y empresas de 0 a menos de 3 empleados y la de comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de titularidad compartida— y dio por terminado el programa tras más de tres años. Balance oficial publicado por Red.es: «alrededor de 850.000 negocios han recibido ayudas por importe de más de 3.400 millones de euros».
Durante 2026 el programa solo tiene actividad de ejecución y justificación de los bonos ya concedidos: si tienes un bono adjudicado, sigues teniendo que justificarlo ante Red.es en los plazos de tu resolución. No es posible presentar solicitudes nuevas.
No hay hoy un sustituto estatal directo de Kit Digital. Lo que sí existe son las líneas autonómicas de transformación digital y las convocatorias locales publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Fuente: Red.es, «Kit Digital cierra las dos últimas convocatorias que quedaban abiertas», 31 de octubre de 2025. Verificado el 2 de septiembre de 2026.
¿En qué consiste la ayuda?
La ayuda Kit Digital fue una medida de la categoría Autónomos y empresas gestionada por Red.es - Ministerio para la Transformación Digital y regulada por Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre; sucesivas modificaciones.
Kit Digital dejó de admitir solicitudes el 31 de octubre de 2025, cuando Red.es cerró sus dos últimas convocatorias. Qué fue el programa, qué obligaciones quedan para quien tiene un bono concedido y por qué no tiene sustituto estatal.
Esta página se conserva como registro histórico del programa: mantiene lo que fue y explica qué ocupa hoy su lugar. No describe una convocatoria vigente.
Requisitos para solicitarla
Los requisitos que exigía la convocatoria eran, con carácter general, los siguientes:
- Estar dado de alta y con antigüedad mínima.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Cumplir límites de ayudas de minimis.
- Estar inscrito en el Censo de Empresarios.
⚠️ Importante: estos requisitos son los que se publicaron mientras el programa estuvo abierto y se conservan como registro histórico. No hay ninguna convocatoria vigente a la que aplicarlos.
Cuantías: registro histórico
Las cifras que circularon sobre este programa corresponden al periodo en el que estuvo abierto. No publicamos aquí ninguna cuantía como vigente, porque el programa ya no admite solicitudes. Si tienes una ayuda concedida, la cuantía, el plazo de justificación y las obligaciones son exactamente los de tu resolución de concesión.
Plazos: no hay ningún plazo abierto
Sin convocatoria abierta
Este programa no tiene convocatoria abierta ni consta que vaya a volver a convocarse. Si encuentras plazos referidos a él, corresponden a convocatorias ya cerradas.
Cómo se solicitaba
Mientras estuvo abierto, la solicitud se presentaba por vía telemática en la sede electrónica del organismo convocante, con certificado digital o Cl@ve, dentro del plazo que fijaba cada convocatoria. Ese trámite ya no está disponible.
Si tienes una ayuda concedida de este programa, sigues obligado a justificarla en los términos de tu resolución: consúltala y dirígete al organismo que la dictó.
Diferencias por Comunidad Autónoma
Mientras el programa estuvo abierto, cada comunidad autónoma podía establecer:
- Umbrales de renta propios (más o menos restrictivos).
- Cuantías complementarias financiadas con fondos autonómicos.
- Plazos diferenciados de apertura y cierre.
- Documentación adicional o trámite preferente para colectivos vulnerables.
Consulta la sección de ayudas por comunidad autónoma para ver las particularidades de tu territorio.
Enlaces oficiales y documentos
Preguntas frecuentes
¿Quién podía solicitar esta ayuda?
Podían solicitarla las personas físicas o jurídicas que cumplían los requisitos de la convocatoria: Estar dado de alta y con antigüedad mínima. No tener consideración de empresa en crisis. El programa ya no admite solicitudes.
¿Cuánto llegó a pagar esta ayuda?
Las cuantías que tuvo el programa se conservan como registro histórico y no son aplicables hoy. Si tienes una ayuda concedida, la cuantía es la de tu resolución de concesión.
¿Se puede solicitar todavía?
No. El programa no admite solicitudes nuevas y no consta ninguna convocatoria futura. Esta página se conserva como registro histórico y para orientar a quien ya tiene una ayuda concedida.
¿Qué documentación se pedía?
La convocatoria pedía habitualmente DNI/NIE, certificado de empadronamiento, declaración de la renta, certificado de la Seguridad Social y la documentación específica de cada línea. Se recoge como registro histórico: el trámite ya no está disponible.
¿Es compatible con otras ayudas?
Depende de la normativa aplicable. La mayoría de subvenciones son incompatibles con otras del mismo concepto, pero pueden ser compatibles con bonificaciones fiscales o ayudas autonómicas. Revisa el artículo de "Compatibilidades" de la orden reguladora.
¿Cómo se cobra la ayuda una vez concedida?
Por transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, una vez resuelta favorablemente y publicada la resolución en la sede electrónica del organismo convocante.
¿Puedo recurrir si me la deniegan?
Sí. Frente a la resolución denegatoria cabe recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante el órgano que dictó la resolución, o recurso contencioso-administrativo en 2 meses.
¿Tengo que tributar por la ayuda en el IRPF?
Por regla general las subvenciones públicas tributan como ganancia patrimonial en el IRPF, salvo exenciones específicas (algunas ayudas al alquiler joven, MOVES, prestaciones sociales). Consulta a un asesor fiscal o la Consulta Vinculante DGT correspondiente.
¿Qué organismo convoca las ayudas de autónomos y empresas en Estatal?
Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, los organismos convocantes son INSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII); FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD; FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P.. En el periodo consultado constan 6 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.
¿Cuánto dinero se ha convocado para autónomos y empresas en Estatal?
Las convocatorias registradas suman 82.406.409 € de dotación pública, entre 2026 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.
¿Quién puede solicitar estas ayudas en Estatal?
Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.
¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?
Las bases reguladoras de las convocatorias de autónomos y empresas en Estatal se publican en boe.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.
Quién convoca y cómo se publica en Estatal
- INSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII) · FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD · FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P.
- Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- 82.406.409 €
Convocatorias registradas en Estatal
6 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .
| Convocatoria | Organismo | Dotación | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Plazo cerrado Resolución del Instituto de Salud Carlos III para el año 2026 de concesión de subvenciones para el mantenimiento de la Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y Tecnología (IMPaCT) de la AES | OrganismoINSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII) | Dotación50.000.000 € | Plazo08 de septiembre de 2026 — 29 de septiembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución Dirección de la Fundación Biodiversidad, que aprueba publicación de convocatoria de subvenciones para el fomento de actuaciones de desarrollo y consolidación de la infraestructura verde de ciudades españolas, cofinanciada por el FEDER. | OrganismoFUNDACIÓN BIODIVERSIDAD | Dotación9.000.000 € | PlazoHasta 29 de octubre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución de la Dirección de la Fundación Biodiversidad por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la dotación de refugios climáticos en el marco de la Red de Refugios Climáticos. | OrganismoFUNDACIÓN BIODIVERSIDAD | Dotación10.000.000 € | PlazoHasta 15 de octubre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Convocatoria para el desarrollo de las actuaciones en el ámbito intersectorial contempladas en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 para el ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales. | OrganismoFUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P. | Dotación4.976.862 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Convocatoria para la realización de acciones territoriales para Ceuta y Melilla del ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales. | OrganismoFUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P. | Dotación67.150 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Convocatoria para la realización de acciones sectoriales del ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales | OrganismoFUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P. | Dotación8.362.397 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |