Bonificación por Reincorporación de Autónomas tras Maternidad 2026
Tarifa plana especial para autónomas que se reincorporan a la actividad tras un cese por maternidad, adopción o acogimiento.
- Publicado
- 15 de enero de 2026
- Actualizado
- 02 de mayo de 2026
- Cuantía
- Cuota reducida de 60 € durante 24 meses tras la reincorporación.
Datos verificados en BDNS
En Estatal hay 6 convocatorias registradas de autónomos y empresas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 82.406.409 €. El organismo que más convoca es FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P..
- 6
- 82.406.409 €
- FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P.
Resumen rápido
Tarifa plana especial para autónomas que se reincorporan a la actividad tras un cese por maternidad, adopción o acogimiento.
Organismo competente: Tesorería General de la Seguridad Social Normativa de referencia: Real Decreto-ley 13/2022, art. 38 ter Cuantía orientativa: Cuota reducida de 60 € durante 24 meses tras la reincorporación.
Permanente
Consulta la convocatoria oficial vigente.
¿En qué consiste la ayuda?
La ayuda Bonificación por Reincorporación de Autónomas tras Maternidad 2026 es una medida de la categoría Autónomos y empresas gestionada por Tesorería General de la Seguridad Social y regulada por Real Decreto-ley 13/2022, art. 38 ter.
Tarifa plana especial para autónomas que se reincorporan a la actividad tras un cese por maternidad, adopción o acogimiento.
Su finalidad es mejorar las condiciones materiales de la ciudadanía y facilitar el acceso a un derecho recogido en la Constitución y en la legislación sectorial vigente. Forma parte del catálogo de prestaciones públicas que cualquier persona o entidad debe conocer si cumple el perfil objetivo.
Esta guía publica ficha propia de ámbito estatal para mujer e igualdad, digitalización de pymes y energía y eficiencia.
Requisitos para solicitarla
Los requisitos exigidos por la convocatoria son, con carácter general, los siguientes:
- Haber cesado la actividad por maternidad, adopción, acogimiento o tutela.
- Volver a darse de alta en RETA en los 2 años posteriores al cese.
- No haber disfrutado previamente de esta bonificación.
⚠️ Importante: estos requisitos son orientativos. La convocatoria publicada cada año en el BOE puede modificar umbrales, baremos o documentación. Consulta siempre el texto vigente.
Cuantías y tipos de ayuda
Cuota reducida de 60 € durante 24 meses tras la reincorporación.
| Concepto | Cuantía | Observaciones |
|---|---|---|
| Cuantía base | Según convocatoria | Calculada sobre baremo oficial |
| Complementos | Variable | Por situación familiar, vulnerabilidad o territorial |
| Compatibilidad | Limitada | Consulta artículo de compatibilidades |
Plazos de solicitud 2026
Plazo
El plazo concreto de la convocatoria 2026 se publicará en el BOE o boletín autonómico correspondiente. Te recomendamos consultar la web oficial de Tesorería General de la Seguridad Social y suscribirte a alertas para no perder la apertura.
Publicación de la convocatoria
Lectura íntegra del BOE/boletín autonómico.
Preparación de documentación
Reunir DNI, renta, empadronamiento y anexos técnicos.
Apertura de plazo
Solicitud por sede electrónica con certificado digital o Cl@ve.
Subsanación
Si Administración requiere documentos, plazo de 10 días hábiles.
Resolución
Notificación electrónica con la concesión o denegación.
Cómo solicitarla paso a paso
- Comprueba que cumples todos los requisitos publicados en la convocatoria oficial de Tesorería General de la Seguridad Social.
- Reúne la documentación necesaria: DNI/NIE, justificantes de renta, empadronamiento y la documentación específica de la convocatoria.
- Accede a la sede electrónica del organismo convocante con certificado digital, Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente.
- Cumplimenta el formulario de solicitud y adjunta la documentación en formato PDF (tamaño y nombre según indicaciones).
- Firma electrónicamente la solicitud y obtén el justificante de registro telemático con CSV.
- Espera la resolución (plazo máximo de 6 meses por defecto si la convocatoria no lo regula expresamente).
- Revisa la publicación en el tablón edictal o en el BOE/boletín autonómico y, si es favorable, facilita los datos bancarios para el cobro.
Documentación necesaria
- DNI o NIE en vigor
- Certificado de empadronamiento
- Declaración de la Renta (último ejercicio)
- Certificado de la Seguridad Social (vida laboral o estar al corriente)
- Documentación específica de la convocatoria
Diferencias por Comunidad Autónoma
Aunque la regulación marco es estatal, cada comunidad autónoma puede establecer:
- Umbrales de renta propios (más o menos restrictivos).
- Cuantías complementarias financiadas con fondos autonómicos.
- Plazos diferenciados de apertura y cierre.
- Documentación adicional o trámite preferente para colectivos vulnerables.
Consulta la sección de ayudas por comunidad autónoma para ver las particularidades de tu territorio.
Enlaces oficiales y documentos
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar la ayuda "Bonificación por Reincorporación de Autónomas tras Maternidad 2026" en 2026?
Pueden solicitarla las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos detallados en la convocatoria oficial: Haber cesado la actividad por maternidad, adopción, acogimiento o tutela. Volver a darse de alta en RETA en los 2 años posteriores al cese. Consulta siempre el texto íntegro publicado por Tesorería General de la Seguridad Social.
¿Cuánto dinero puedo recibir?
Cuota reducida de 60 € durante 24 meses tras la reincorporación. La cuantía concreta depende de la situación personal y de la disponibilidad presupuestaria de la convocatoria.
¿Cuándo se abre el plazo de solicitud en 2026?
El plazo concreto se publica en el BOE o en el boletín autonómico correspondiente. Recomendamos consultar la convocatoria vigente en la web oficial de Tesorería General de la Seguridad Social antes de iniciar el trámite.
¿Qué documentación necesito preparar?
Habitualmente: DNI/NIE, certificado de empadronamiento, declaración de la renta, certificado de la Seguridad Social y la documentación específica que exija la convocatoria (contratos, presupuestos, certificados técnicos, etc.).
¿Es compatible con otras ayudas?
Depende de la normativa aplicable. La mayoría de subvenciones son incompatibles con otras del mismo concepto, pero pueden ser compatibles con bonificaciones fiscales o ayudas autonómicas. Revisa el artículo de "Compatibilidades" de la orden reguladora.
¿Cómo se cobra la ayuda una vez concedida?
Por transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, una vez resuelta favorablemente y publicada la resolución en la sede electrónica del organismo convocante.
¿Puedo recurrir si me la deniegan?
Sí. Frente a la resolución denegatoria cabe recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante el órgano que dictó la resolución, o recurso contencioso-administrativo en 2 meses.
¿Tengo que tributar por la ayuda en el IRPF?
Por regla general las subvenciones públicas tributan como ganancia patrimonial en el IRPF, salvo exenciones específicas (algunas ayudas al alquiler joven, MOVES, prestaciones sociales). Consulta a un asesor fiscal o la Consulta Vinculante DGT correspondiente.
¿Qué organismo convoca las ayudas de autónomos y empresas en Estatal?
Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, los organismos convocantes son INSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII); FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD; FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P.. En el periodo consultado constan 6 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.
¿Cuánto dinero se ha convocado para autónomos y empresas en Estatal?
Las convocatorias registradas suman 82.406.409 € de dotación pública, entre 2026 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.
¿Quién puede solicitar estas ayudas en Estatal?
Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.
¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?
Las bases reguladoras de las convocatorias de autónomos y empresas en Estatal se publican en boe.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.
Quién convoca y cómo se publica en Estatal
- INSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII) · FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD · FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P.
- Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- 82.406.409 €
Convocatorias registradas en Estatal
6 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .
| Convocatoria | Organismo | Dotación | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Plazo cerrado Resolución del Instituto de Salud Carlos III para el año 2026 de concesión de subvenciones para el mantenimiento de la Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y Tecnología (IMPaCT) de la AES | OrganismoINSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII) | Dotación50.000.000 € | Plazo08 de septiembre de 2026 — 29 de septiembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución Dirección de la Fundación Biodiversidad, que aprueba publicación de convocatoria de subvenciones para el fomento de actuaciones de desarrollo y consolidación de la infraestructura verde de ciudades españolas, cofinanciada por el FEDER. | OrganismoFUNDACIÓN BIODIVERSIDAD | Dotación9.000.000 € | PlazoHasta 29 de octubre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Resolución de la Dirección de la Fundación Biodiversidad por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la dotación de refugios climáticos en el marco de la Red de Refugios Climáticos. | OrganismoFUNDACIÓN BIODIVERSIDAD | Dotación10.000.000 € | PlazoHasta 15 de octubre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Convocatoria para el desarrollo de las actuaciones en el ámbito intersectorial contempladas en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 para el ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales. | OrganismoFUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P. | Dotación4.976.862 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Convocatoria para la realización de acciones territoriales para Ceuta y Melilla del ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales. | OrganismoFUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P. | Dotación67.150 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Convocatoria para la realización de acciones sectoriales del ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales | OrganismoFUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P. | Dotación8.362.397 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |