Ayudas a las familias en Comunidad de Madrid 2026: nacimiento, crianza y conciliación
Ayudas por nacimiento, crianza, conciliación y familia numerosa en Comunidad de Madrid 2026: prestaciones autonómicas, deducciones y trámites, con enlaces al BOCM y sede electrónica.
- Publicado
- 19 de junio de 2026
- Actualizado
- 08 de julio de 2026
- Gestiona
- Consejería competente en familia e infancia — Comunidad de Madrid
Datos verificados en BDNS
En Comunidad de Madrid hay 18 convocatorias registradas de familia e infancia en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 19.081.251 €. El organismo que más convoca es CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES.
- 18
- 19.081.251 €
- CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
A las prestaciones estatales (nacimiento y cuidado de menor de la Seguridad Social, complemento de infancia del IMV, deducción por maternidad) se suman en Comunidad de Madrid ayudas propias: cheques bebé autonómicos, ayudas a la crianza, bonos de guardería y deducciones en el tramo autonómico del IRPF. Las gestiona Consejería competente en familia e infancia — Comunidad de Madrid y se publican en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Esta guía publica ficha propia en Comunidad de Madrid para empleo y contratación, becas universitarias y deporte.
El extracto oficial, palabra por palabra
De las 18 convocatorias de «Servicios Sociales y Promoción Social» que esta guía extrajo de la BDNS para Comunidad de Madrid el 3 de agosto de 2026, 8 publican el texto de su anuncio en el boletín oficial. Este es el de Instituto regional de seguridad y salud en el trabajo (irsst), con una dotación de 1.070.000 € y plazo de solicitud hasta el 30 de septiembre de 2026:
EXTRACTO de la Orden de 1 de junio de 2026 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para 2026 las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, referido a la Línea 1: "Gastos para la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada”
BDNS: XXXXX
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias y en la página web
Leer el extracto completo (75 párrafos más)
institucional de la Comunidad de Madrid (https://www.comunidad.madrid ).
Primero
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta
ajena, tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid y realicen los gastos o
actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de
la Comunidad Autónoma.
En caso de trabajadores autónomos, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones den o no
ocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena.
Segundo
Objeto
La línea 1 tiene por objeto promover la realización de proyectos de inversión en
instalaciones, recursos y equipos que mejoren las condiciones de seguridad y salud de los
centros de trabajo.
Tercero
Bases Reguladoras
Orden de 23 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, publicada en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de junio de 2023 (Núm. 132).
Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
El presupuesto máximo previsto, para el total de los gastos subvencionables definidos en
la convocatoria para la línea 1 asciende a 1.070.000,00 €.
Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones según los tramos siguientes:
a) El tramo del total de los gastos acreditados, desde 1.000,00 hasta 10.000,00 euros:
Subvención del 100 por 100 de los mismos. (En consecuencia, el tramo de 0 a 999,99 euros
no es subvencionable).
b) El tramo del total de los gastos acreditados superior a 10.000,00 euros: Subvención
del 60 por 100 de los mismos.
Se establecen los siguientes importes máximos:
o El máximo total a conceder será de 20.000,00 euros por línea.
o El importe máximo a conceder, sumados los importes concedidos en todas las líneas en
las que se solicite ayuda, será de 30.000,00 euros por empresa y convocatoria.
No se admite el pago anticipado a los beneficiarios de la subvención concedida.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Comenzará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid y concluirá el día 30 de septiembre de 2026.
Sexto
Gastos subvencionables.
1. La adquisición de maquinaria nueva, en sustitución de antigua, que si bien cumple la
legislación vigente presenta menores niveles y prestaciones de seguridad que la adquirida
y el achatarramiento de la maquinaria sustituida, excepto las máquinas que se incluyan en
otros gastos subvencionables.
A tal efecto se entiende por máquina la definición recogida en el artículo 2.2 del Real
Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, con las exclusiones establecidas en el artículo 1.3
del citado Real Decreto.
2. La adquisición de equipos de trabajo motorizados para elevación y/o transporte de
cargas y/o la adquisición de equipos de trabajo motorizados para la realización de
trabajos en altura por trabajadores.
No serán subvencionables:
a. Equipos usados cuya declaración de conformidad no incluya específicamente la
directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa
a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE.
b. La adquisición de maquinaria de obra para elevación y transporte de tierras.
c. La adquisición de ascensores y equipos de elevación de vehículos o similares.
d. La adquisición de vehículos destinados al transporte de personas y mercancías.
3. El diseño, instalación y/o reparación y verificación de líneas de vida fijas,
mediante la adquisición e instalación permanente de dispositivos de anclaje: horizontales
flexibles (norma UNE EN 795C), horizontales rígidos (norma UNE EN 795D) y/o dispositivos
anti caídas deslizantes sobre líneas de anclaje verticales (norma UNE EN 353-1), con el
fin de proteger al personal trabajador contra caídas de altura en el tránsito por
cubiertas o debidas al acceso a las mismas.
No serán subvencionables aquellos gastos de verificación no ligados a operaciones de
instalación y reparación.
4. El diseño, instalación y/o modificación total o parcial tanto de sistemas de
extracción localizada como de sistemas de ventilación forzada que controlen o reduzcan el
riesgo de exposición a contaminantes químicos en lugares de trabajo con trabajadores
expuestos. De forma particular serán subvencionables las modificaciones de partes de
sistemas ya instalados, siempre y cuando afecte al motor del sistema.
5. Las adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación y/o reducción
significativa de los riesgos del sistema músculo-esquelético y particularmente de los
riesgos derivados de movimientos repetitivos, posturas forzadas y manejo manual de cargas,
mediante la adaptación ergonómica de puestos de trabajo.
6. La contratación de psicólogos para mejorar el bienestar psicológico de los
trabajadores.
Fechas que constan en la BDNS
Alta en la BDNS de «PLAN 4 LÍNEA 1 2026 SUBVENCION REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL»
Alta en la BDNS de «PLAN 4 LÍNEA 3 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL»
Alta en la BDNS de «PLAN 4 LÍNEA 5 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL»
Alta en la BDNS de «PLAN 4 LÍNEA 6 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL»
Extracto publicado en BOCM
Cierre del plazo de «PLAN 4 LÍNEA 1 2026 SUBVENCION REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL»
Cierre del plazo de «PLAN 4 LÍNEA 3 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL»
Cierre del plazo de «PLAN 4 LÍNEA 5 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL»
Cierre del plazo de «PLAN 4 LÍNEA 6 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL»
Las bases reguladoras que registra la BDNS
- Instituto regional de seguridad y salud en el trabajo (irsst) — ORDEN DE 23 DE MAYO DE 2023, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO,POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, DURANTE LA VIGENCIA DEL VI PLAN DIRECTOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE M… · texto de las bases · BDNS 911949
Preguntas frecuentes
¿Las ayudas autonómicas son compatibles con las estatales?
Sí, con carácter general: la prestación de la Seguridad Social, la deducción estatal por maternidad y las ayudas autonómicas por nacimiento cubren conceptos distintos y se acumulan, salvo que una convocatoria concreta disponga lo contrario.
¿Cuánto plazo tengo tras el nacimiento para pedir la ayuda de Comunidad de Madrid?
Depende de la línea: muchas fijan un plazo de 3 a 12 meses desde el nacimiento; otras funcionan por convocatoria anual publicada en el BOCM. No lo dejes pasar: la fecha de registro es determinante.
¿Cuentan igual adopción y acogimiento?
Sí: la práctica totalidad de las líneas equiparan nacimiento, adopción y acogimiento (preadoptivo o permanente) como hecho causante, con la misma cuantía y plazos.
¿Qué organismo convoca las ayudas de familia e infancia en Comunidad de Madrid?
Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, los organismos convocantes son CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES; INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST). En el periodo consultado constan 18 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.
¿Cuánto dinero se ha convocado para familia e infancia en Comunidad de Madrid?
Las convocatorias registradas suman 19.081.251 € de dotación pública, entre 2026 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.
¿Quién puede solicitar estas ayudas en Comunidad de Madrid?
Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; gran empresa; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.
¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?
Las bases reguladoras de las convocatorias de familia e infancia en Comunidad de Madrid se publican en bocm.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.
Quién convoca y cómo se publica en Comunidad de Madrid
- CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES · INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST)
- Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica · Gran empresa · Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- 19.081.251 €
Convocatorias registradas en Comunidad de Madrid
18 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .
| Convocatoria | Organismo | Dotación | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Plazo cerrado SUBV. FAMILIAS VULNERABLES 2026. L2: PROYECTOS FAMILIAS MONO, FFNN, FFAA.. | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación500.000 € | Plazo06 de junio de 2026 — 26 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBV. FAMILIAS VULNERABLES 2026. L1: PROYECTOS MUJERES GESTANTES Y MADRES | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación1.150.000 € | Plazo06 de junio de 2026 — 26 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBV.ENTID.INIC.SOCIAL S.F.L. PROYECTOS INSERCIÓN SOCIOLABORAL FSE+ 40%. | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación6.400.000 € | Plazo12 de junio de 2026 — 25 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENC. 07% IRPF 2026.LÍNEA A.MUJER. A1.LUCHA VIOLENCIA DE GÉNERO | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación1.109.213 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENC. 07% IRPF 2026. LÍNEA H. PLAN CORRESPONSABLES | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación250.000 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENC. 07% IRPF 2026.LÍNEA B.AT.INTEGR. VULNERABILIDAD.B2.PSH | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación1.648.643 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBV.0,7% IRPF.PROY.INVERSIÓN. LÍNEA B.ATENC.INTEG.VULNERAB.2026 | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación786.655 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENCIÓN PROY.INT.SOC.07% IRPF 2026.LÍNEA I.LGTBI. I2.FOMENTO CONVIV. | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación200.000 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENCIÓN PROY.INT.SOC.07% IRPF 2026.LÍNEA I.LGTBI. I1.VULNERABILIDAD | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación311.875 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENC. 07% IRPF 2026.LÍNEA G.INTEGRACIÓN. G4.CAÑADA REAL | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación605.583 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENC. 07% IRPF 2026.LÍNEA G.INTEGRACIÓN. G3.PUEBLO GITANO | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación311.875 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENC. 07% IRPF 2026.LÍNEA G.INTEGRACIÓN. G2.ADICCIONES Y VIH-SIDA | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación805.175 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENC. 07% IRPF 2026.LÍNEA G.INTEGRACIÓN. G1.INMIGRANTES | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación3.202.231 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado SUBVENC. 07% IRPF 2026.LÍNEA F.VOLUNTARIADO. F2.APOYO MOVIM. VOLUNTARIO | OrganismoCONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES | Dotación300.000 € | Plazo23 de mayo de 2026 — 06 de junio de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado PLAN 4 LÍNEA 6 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL | OrganismoINSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST) | Dotación200.000 € | PlazoHasta 30 de septiembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado PLAN 4 LÍNEA 5 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL | OrganismoINSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST) | Dotación200.000 € | PlazoHasta 30 de septiembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado PLAN 4 LÍNEA 3 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL | OrganismoINSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST) | Dotación30.000 € | PlazoHasta 30 de septiembre de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado PLAN 4 LÍNEA 1 2026 SUBVENCION REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL | OrganismoINSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST) | Dotación1.070.000 € | PlazoHasta 30 de septiembre de 2026 | Fuente oficial |