Ayudas agrarias en Comunidad de Madrid 2026: PAC, jóvenes agricultores y desarrollo rural
Ayudas al campo en Comunidad de Madrid 2026: pagos de la PAC, incorporación de jóvenes agricultores, planes de mejora y desarrollo rural, con plazos y enlaces oficiales (BOCM).
- Publicado
- 08 de julio de 2026
- Actualizado
- 08 de julio de 2026
- Gestiona
- Consejería competente en agricultura y desarrollo rural — Comunidad de Madrid
Datos verificados en BDNS
En Comunidad de Madrid hay 14 convocatorias registradas de agricultura y rural en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, ninguna con plazo abierto en este momento. Suman una dotación de 47.802.980 €. El organismo que más convoca es CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR.
- 14
- 47.802.980 €
- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
El apoyo al sector agrario se articula a través de la PAC 2023-2027 (pagos directos y ecorregímenes, con solicitud única anual) y del desarrollo rural que gestiona Consejería competente en agricultura y desarrollo rural — Comunidad de Madrid: incorporación de jóvenes agricultores, planes de mejora de explotaciones, agricultura ecológica y zonas con limitaciones naturales. Las convocatorias autonómicas se publican en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Esta guía publica ficha propia en Comunidad de Madrid para personas mayores y dependencia, mujer e igualdad y movilidad eléctrica y renovación del vehículo.
El extracto oficial, palabra por palabra
De las 14 convocatorias de «Agricultura, Pesca y Alimentación» que esta guía extrajo de la BDNS para Comunidad de Madrid el 3 de agosto de 2026, 14 publican el texto de su anuncio en el boletín oficial. Este es el de Consejería de medio ambiente, agricultura e interior, con una dotación de 200.000 € y plazo de solicitud hasta el 11 de mayo de 2026:
EXTRACTO de la Orden 1396/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establece, para el ejercicio 2026, la convocatoria de ayudas para promover la adopción de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobo ibérico existentes en la Comunidad de Madrid.
BDNS (código de identificación): ----
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y Ayudas
Públicas (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web de la Comunidad de
Leer el extracto completo (94 párrafos más)
Madrid (http://www.madrid.org).
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones ganaderas de
animales de las especies bovina, ovina, caprina y/o equina, en régimen extensivo, que se
encuentren localizadas dentro de los municipios de la Comunidad de Madrid recogidos en el
anexo I de la orden de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que
se establece, para el ejercicio 2026, la convocatoria de ayudas para promover la adopción
de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de
lobo ibérico existentes en la Comunidad de Madrid, por haberse constatado un riesgo
significativo de ataques de lobos ibéricos.
A los efectos de esta orden, se entiende por explotación ganadera extensiva aquella que se
ajuste a lo expresado en el artículo 2 de la Ley 17/1999, de 29 de abril, sobre
aprovechamiento de pastos y rastrojeras para la protección de la ganadería extensiva.
2. Los beneficiarios podrán ser personas físicas, jurídicas privadas, o las entidades sin
personalidad jurídica previstas en apartado 3 del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, sin
personalidad, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la
resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la
agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán
igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un
representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las
obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la
agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos
39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas físicas o jurídicas en
quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2, 3 y 3 bis del
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mencionada. Tampoco podrán serlo la
Administración de la Comunidad de Madrid o la Administración General del Estado, ni los
entes públicos o las sociedades mercantiles dependientes de las mismas.
Segundo. Objeto y finalidad.
El objeto de la presente línea de subvenciones es aprobar la convocatoria para 2026 de las
ayudas para promover la adopción de medidas de protección para limitar posibles daños
provenientes de las poblaciones de lobo ibérico (Canis lupus signatus) existentes en la
Comunidad de Madrid.
Estas subvenciones tienen por finalidad promover la realización de actuaciones preventivas
para la protección de la ganadería extensiva en explotaciones localizadas en las zonas del
territorio de la Comunidad de Madrid relacionadas en el anexo I, frente a posibles ataques
provenientes de poblaciones de lobo ibérico.
Tercero. Bases reguladoras.
La Orden 172/2024, de 18 de enero de 2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 25, de 30 de enero), establece
las bases reguladoras de las ayudas para promover la adopción de medidas de protección
para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobos existentes en la
Comunidad de Madrid.
Cuarto. Financiación.
1. La financiación de las ayudas reguladas a través de la presente convocatoria se
realizará con cargo a la posición presupuestaria G/456A/77306 del presupuesto de gastos de
la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
2. La dotación de la convocatoria es de 200.000 euros para el ejercicio 2026.
Quinto. Gastos subvencionables y período subvencionable.
1. Se considerarán gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, estén
relacionados con las actuaciones preventivas objeto de la ayuda, sirvan al objeto y
finalidad de la presente orden, que es la de promover la realización de las actuaciones
para prevenir o limitar eventuales daños causados por las poblaciones de lobos sobre la
actividad ganadera extensiva; hayan sido contraídos durante el período subvencionable; y
hayan sido efectivamente abonados con anterioridad a la finalización del período de
justificación.
2. Los gastos subvencionables y no subvencionables son los indicados en los apartados 2 y
3, del artículo 6 de la orden de convocatoria.
3. El período subvencionable será el comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de
septiembre de 2026.
Sexto. Cuantía.
1. La ayuda adoptará la forma de subvención, mediante reembolso de los costes
subvencionables en que se haya incurrido efectivamente y hayan sido realmente abonados por
la realización de alguna de las actividades preventivas descritas en el artículo 6 de la
presente Orden de convocatoria.
2. El importe máximo de la ayuda de la ayuda, por titular y explotación, podrá alcanzar el
100 por ciento de los costes subvencionables, con un máximo de 4.500 euros.
3. La subvención se concederá según el orden de puntuación y de acuerdo con los criterios
establecidos en las bases reguladoras, hasta agotar el crédito previsto en la
correspondiente convocatoria. En el caso de que, una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes, el crédito consignado resultase suficiente para atender todas
las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, no será necesario
proceder a la priorización de las mismas.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden 172/2024, de 18 de enero,
el órgano instructor podrá solicitar la reformulación de alguna de las acciones incluidas
en la propuesta, lo que podría reducir el importe a conceder.
5. Estas ayudas se conceden en régimen de minimis, por lo que deberán respetar los límites
y condiciones establecidos en el Reglamento (UE) 2024/3118, de la Comisión, de 10 de
diciembre de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 1408/2013, relativo a la
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a
las ayudas de mínimis en el sector agrícola. El Reglamento 2024/3118 citado establece que
el importe total de las ayudas de mínimis concedidas a cada beneficiario no excederá de
50.000 euros, en un período de tres años, con independencia de la Administración pública
que las conceda.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes, y la documentación que debe acompañarlas, se presentarán en el plazo de
diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de
esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Deberá emplearse el
formulario anexo a la convocatoria, que se encuentra a disposición de los interesados en
el portal de administración electrónica https://tramita.comunidad.madrid. La presentación
de las solicitudes se realizará en la forma prevista en el artículo 8 de la orden de
convocatoria.
Fechas que constan en la BDNS
Alta en la BDNS de «AYUDAS MEDIDAS PROTECC DAÑOS POR POBLACIONES LOBO IBERICO…»
Extracto publicado en BOCM
Alta en la BDNS de «AYUDAS FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO…»
Extracto publicado en BOCM
Apertura del plazo de «AYUDAS FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO…»
Alta en la BDNS de «AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES LOCALES 2026»
Cierre del plazo de «AYUDAS FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO…»
Extracto publicado en BOCM
Apertura del plazo de «AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES LOCALES 2026»
Cierre del plazo de «AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES LOCALES 2026»
Alta en la BDNS de «AYUDAS MEDIDAS PROTECC DAÑOS POR POBLACIONES LOBO IBERICO 2026»
Extracto publicado en BOCM
Apertura del plazo de «AYUDAS MEDIDAS PROTECC DAÑOS POR POBLACIONES LOBO IBERICO 2026»
Cierre del plazo de «AYUDAS MEDIDAS PROTECC DAÑOS POR POBLACIONES LOBO IBERICO 2026»
Las bases reguladoras que registra la BDNS
- Consejería de medio ambiente, agricultura e interior — ORDEN 172/2024, 18 DE ENERO, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR, BBRR AYUDAS PROMOCIÓN MEDIDAS PROTECCIÓN POSIBLES DAÑOS LOBOS C.M. · texto de las bases · BDNS 899391
- Consejería de medio ambiente, agricultura e interior — ORDEN 59/2023, DE 12 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE DETERMINADAS AYUDAS DESTINADAS A FOMENTAR LA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA EN LA COMUNIDAD DE MADRID. · texto de las bases · BDNS 867151
Lo que se concedió de verdad
No es lo que se puede pedir: es lo que consta concedido en el registro oficial. De esta convocatoria se resolvieron 47 ayudas a 47 beneficiarios, entre el 02 de septiembre de 2026 y el 03 de septiembre de 2026.
- 161.937,10 €
- 47
- 3445,47 €
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presenta la solicitud única de la PAC 2026?
La ventana estatal arranca el 1 de febrero y se extiende hasta el 30 de abril de 2026 (con días adicionales de penalización y plazo de modificación posterior). Cada comunidad puede ajustar fechas dentro del marco estatal — confírmalo en tu consejería.
¿Qué cubre la ayuda de incorporación de jóvenes en Comunidad de Madrid?
Una prima básica por la primera instalación como titular de explotación, incrementada por plan empresarial ambicioso, instalación en zonas con limitaciones o inversión elevada. Se cobra por hitos: parte al aprobar y el resto al completar el plan.
¿Puedo cobrar PAC y ayudas de desarrollo rural a la vez?
Sí: los pagos directos PAC y las medidas de desarrollo rural (incorporación, planes de mejora, ecológico) son complementarios. Lo incompatible es financiar la misma inversión concreta con dos fondos distintos.
¿Qué organismo convoca las ayudas de agricultura y rural en Comunidad de Madrid?
Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, el organismo convocante es CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR. En el periodo consultado constan 14 convocatorias suyas, ninguna con plazo abierto ahora mismo.
¿Cuánto dinero se ha convocado para agricultura y rural en Comunidad de Madrid?
Las convocatorias registradas suman 47.802.980 € de dotación pública, entre 2024 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.
¿Quién puede solicitar estas ayudas en Comunidad de Madrid?
Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: gran empresa; personas físicas que no desarrollan actividad económica; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.
¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?
Las bases reguladoras de las convocatorias de agricultura y rural en Comunidad de Madrid se publican en bocm.es, boe.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.
Quién convoca y cómo se publica en Comunidad de Madrid
- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
- Gran empresa · Personas físicas que no desarrollan actividad económica · Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica · Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
- Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
- 47.802.980 €
Convocatorias registradas en Comunidad de Madrid
14 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Datos extraídos el .
| Convocatoria | Organismo | Dotación | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Plazo cerrado AYUDAS MEDIDAS PROTECC DAÑOS POR POBLACIONES LOBO IBERICO 2026 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación200.000 € | Plazo27 de abril de 2026 — 11 de mayo de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS AGRUPACIONES DEFENSA SANITARIA GANADERA - LÍNEA B | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación657.980 € | Plazo03 de enero de 2026 — 03 de febrero de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERA - LÍNEA A | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación600.000 € | Plazo03 de enero de 2026 — 03 de febrero de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES LOCALES 2026 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación1.000.000 € | Plazo16 de diciembre de 2025 — 08 de enero de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS PARA EL MANTENIMIENTO DE RAZAS AUTÓCTONAS AMENAZADAS | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación180.000 € | Plazo29 de noviembre de 2025 — 29 de diciembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2026 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación900.000 € | Plazo17 de noviembre de 2025 — 05 de diciembre de 2025 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS MEDIDAS PROTECC DAÑOS POR POBLACIONES LOBO IBERICO. MINIMIS.2025 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación200.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2025 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación900.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS AGRUPACIONES DEFENSA SANITARIA GANADERA - LÍNEA B | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación633.100 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERA - LÍNEA A | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación566.900 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES LOCALES 2025 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación900.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado AYUDAS AGRUPACIONES DE TRATAMIENTO INTEGRADO EN AGRICULTURA (ATRIAS) 2024 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación65.000 € | PlazoSin plazo publicado | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Ayuda básica renta sostenibilidad titulares de derechos ayuda básica 2026 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación20.500.000 € | Plazo01 de febrero de 2026 — 15 de mayo de 2026 | Fuente oficial |
| Plazo cerrado Ayuda básica renta sostenibilidad titulares de derechos ayuda básica 2025 | OrganismoCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR | Dotación20.500.000 € | Plazo01 de febrero de 2025 — 30 de abril de 2025 | Fuente oficial |