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Ayudas al emprendimiento en Comunidad de Madrid 2026: autoempleo, tarifa plana y financiación

Guía de ayudas para emprender en Comunidad de Madrid 2026: subvenciones al autoempleo, complementos a la tarifa plana, microcréditos y acompañamiento, con fuentes oficiales (BOCM).

Publicado
19 de junio de 2026
Actualizado
08 de julio de 2026
Gestiona
Servicio Regional de Empleo — Comunidad de Madrid
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Enlace directo al portal oficial del organismo — el trámite es siempre gratuito.

Datos verificados en BDNS

Comunidad de Madrid · Autónomos y empresas

En Comunidad de Madrid hay 18 convocatorias registradas de autónomos y empresas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de las que 6 siguen abiertas. Suman una dotación de 53.027.800 €. El organismo que más convoca es CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL.

Convocatorias
186 con plazo abierto
Dotación registrada
53.027.800 €
Organismo que más convoca
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · última convocatoria registrada el 07 de septiembre de 2026. Los datos de BDNS son dinámicos: consulta siempre la ficha oficial enlazada más abajo

Si vas a darte de alta como autónomo o constituir una empresa en Comunidad de Madrid, hay tres bloques de apoyo público: subvenciones directas al inicio de actividad (gestionadas por Servicio Regional de Empleo — Comunidad de Madrid), bonificaciones estatales de cuota (tarifa plana de la Seguridad Social, que varias comunidades complementan hasta la "cuota cero") y financiación bonificada (ENISA, ICO y líneas autonómicas).

Esta guía publica ficha propia en Comunidad de Madrid para digitalización de pymes, comercio local y turismo.

El extracto oficial, palabra por palabra

De las 5 convocatorias de «Investigación, desarrollo e innovación» que esta guía extrajo de la BDNS para Comunidad de Madrid el 3 de agosto de 2026, 3 publican el texto de su anuncio en el boletín oficial. Este es el de Consejería de educación, ciencia y universidades, con una dotación de 22.409.000 € (BDNS 914733, comprobado el ) y plazo de solicitud hasta el 5 de julio de 2026:

Extracto publicado en BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID el

EXTRACTO de la Orden 2355/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 de ayudas de atracción de talento investigador "CÉSAR NOMBELA". TURNO GENERAL

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17

de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo

texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web www.comunidad.madrid

BDNS (ID): xxxxxx

Leer el extracto completo (124 párrafos más)

Primero. Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es efectuar la convocatoria correspondiente al año 2026, de

ayudas públicas destinadas a la atracción de talento investigador "César Nombela" en

régimen de concurrencia competitiva.

La convocatoria incluye una reserva de crédito para la contratación personas con

discapacidad igual o superior al 33%. Las plazas que no se cubran en este turno se

incorporarán al turno general.

El presente extracto se refiere al turno general de la convocatoria.

La finalidad de estas ayudas es:

a) Promover la contratación de personal investigador doctor, que haya desarrollado durante

un determinado periodo de tiempo su actividad profesional en el extranjero, para su

incorporación a los grupos de investigación de la Comunidad de Madrid.

b) Promocionar la carrera científica del personal investigador doctor incentivando la

obtención de las competencias y capacidades que les permitan obtener un puesto de carácter

estable en un organismo de investigación de la Comunidad de Madrid a través de la

obtención de la acreditación como investigador/a establecido/a (certificado R3).

c) Promover la movilidad del personal investigador doctor y fomentar la participación

activa en redes y consorcios regionales, nacionales e internacionales.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquellas que reúnan los requisitos

establecidos en el artículo 4 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de

Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las

ayudas de atracción de talento investigador "César Nombela", en el momento de presentación

de la solicitud.

Las entidades beneficiarias podrán ser:

a) Universidades Públicas y Universidades Privadas, que estén inscritas en el Registro

de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de

septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

b) Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).

c) Organismos Públicos de Investigación previstos en el Capítulo III del título IV de

Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

d) Fundaciones de Investigación Biomédica de las Instituciones Sanitarias adscritas al

Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).

e) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas

con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

f) Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad

demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad

principal.

Tercero. Bases reguladoras.

La Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y

Universidades, establece las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento

investigador "César Nombela", modificada por Orden 1447/2025, de 4 de mayo.

Cuarto. Cuantía y duración de las ayudas.

El presupuesto de la convocatoria destinado al turno general (excluidas las plazas

reservadas para el turno de discapacidad) asciende a 22.409.000,00 euros, a ejecutar

durante los 5 años de duración de las ayudas. La distribución por anualidades es la

siguiente:

Anualidad (euros)

2026 2027 2028 2029 2030 TOTAL

5.989.000,00 4.108.000,00 4.108.000,00 4.102.000,00 4.102.000,00

22.409.000,00

Quinto. Características de las ayudas.

1. Las ayudas convocadas tendrán un plazo de ejecución de cinco años que comenzará a

contar desde la fecha de incorporación del personal investigador contratado al organismo

de investigación.

2. La contratación deberá realizarse, preferentemente, bajo la modalidad de contrato de

acceso de personal investigador doctor establecida en el artículo 22 de la Ley 14/2011, de

1 de junio, de la Ciencia, Tecnología e Investigación, aunque se podrá utilizar cualquier

modalidad de contratación válida según la legislación vigente en el momento de la

formalización del contrato.

3. A partir de la finalización del tercer año de contrato, o del segundo año en el caso de

contrataciones efectuadas bajo la modalidad del artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de

junio, el personal investigador contratado podrá optar a una evaluación de la actividad

investigadora desarrollada que, de ser positiva de acuerdo a requisitos previamente

establecidos, le podrá ser reconocida con los efectos previstos en el itinerario de acceso

estable al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación..

Tras haber superado dicha evaluación, el personal investigador doctor podrá obtener una

certificación como investigador/a establecido/a (certificado R3).

4. Se financiarán tanto los gastos asociados a la contratación del personal investigador

doctor, como una ayuda adicional para la realización de actividades de investigación

vinculadas a las líneas científico-técnicas de interés para la región.

5. Durante todo el periodo de ejecución de la ayuda, el personal investigador doctor

contratado deberá presentar al menos una solicitud a cualquiera de las convocatorias

convocadas por el Consejo Europeo de Investigación.

6. Las solicitudes deberán encuadrarse en el área científico-técnica más próxima a su área

de actividad de entre las definidas en el anexo de la orden de aprobación de la

convocatoria.

Sexto. Gastos subvencionables.

1. En relación con la financiación de la contratación del personal investigador doctor, se

considerarán subvencionables los gastos destinados al pago del salario, la cuota de la

Seguridad Social de la entidad contratante y las indemnizaciones por fin de contrato,

excepto las derivadas de un despido improcedente. No serán gastos elegibles las

retribuciones de naturaleza extrasalarial.

Se consideran subvencionables los conceptos de gasto establecidos en el artículo 9.2 de la

Orden 2755/2023, de 26 de julio.

2. La ayuda para la contratación del personal investigador doctor tendrá las siguientes

características:

a) Los costes salariales generados por la persona contratada no podrán ser inferiores a

50.000,00 euros/año, tal y como se establece en el artículo 11 de la Orden 2755/2023, de

26 de julio.

b) Durante los primeros tres años, y hasta obtener, en su caso, el certificado R3 que

acredita la evaluación positiva como investigador/a establecido/a, la ayuda concedida para

financiar los costes salariales será 61.000 euros, destinándose al salario como mínimo

45.000 euros.

c) Durante los dos últimos años, la ayuda anual otorgada a la entidad beneficiaria por

cada contrato será de 67.000 euros, destinándose al salario como mínimo 50.000 euros. En

el caso de que la persona contratada no hubiese obtenido el certificado R3, sólo se

considerarán gasto elegible los costes salariales hasta un máximo de 61.000,00 euros.

Si el certificado R3 se obtuviese durante los dos últimos años, sólo se

considerará subvencionable la retribución de la persona contratada a partir del mes

siguiente al de la obtención del certificado.

3. Además de la ayuda para la contratación del personal investigador doctor, se concederá

una ayuda adicional de un máximo de 220.000 euros por cada contrato para cubrir, a lo

largo de la duración de la ejecución de la ayuda, los gastos directamente relacionados con

la ejecución de sus actividades de investigación.

Séptimo. Presentación de solicitudes y documentación.

Las solicitudes se presentarán por las entidades solicitantes en el plazo de diez días a

partir del día siguiente al de publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid, con la documentación que se indica en el artículo 15 de la Orden

2755/2023, de 26 de julio.

Octavo. Criterios de baremación.

Las solicitudes se evaluarán de acuerdo a los siguientes criterios establecidos en el

artículo 18 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, teniendo todos ellos la misma

ponderación sobre la puntuación final.

Se otorgará a cada solicitud una puntuación de 0 a 100 puntos como sigue:

a) Méritos curriculares de la persona candidata (0-50 puntos):

1º) Trayectoria científico-técnica (0-20 puntos).

2º) Participación en actividades de investigación internacionales (0-25 puntos).

3º) Resto de méritos curriculares (0-5 puntos).

b) Liderazgo (0-20 puntos).

c) Interés científico-técnico de las actividades de I+D a realizar y su viabilidad

económica (0-30 puntos).

Para que una solicitud pueda ser propuesta para financiación deberá alcanzar una

puntuación total igual o superior a 85 puntos.

Texto literal del boletín oficial · BDNS 914733Ver el documento oficial

Fechas que constan en la BDNS

  1. Alta en la BDNS de «I Edición Premios "Pueblos con Vida" Iniciativa PRIVADA FAMILIA»

  2. Alta en la BDNS de «I Edición Premios "Pueblos con Vida" Iniciativa PÚBLICA INNOVAC Y…»

  3. Apertura del plazo de «I Edición Premios "Pueblos con Vida" Iniciativa PRIVADA FAMILIA»

  4. Apertura del plazo de «I Edición Premios "Pueblos con Vida" Iniciativa PÚBLICA INNOVAC Y…»

  5. Cierre del plazo de «I Edición Premios "Pueblos con Vida" Iniciativa PRIVADA FAMILIA»

  6. Cierre del plazo de «I Edición Premios "Pueblos con Vida" Iniciativa PÚBLICA INNOVAC Y…»

  7. Alta en la BDNS de «CONVOCATORAI TALENTO INVESTIGADOR CESAR NOMBELA 2026 TURNO…»

  8. Alta en la BDNS de «CONVOCATORIA TALENTO INVESTIGADOR CESAR NOMBELA 2026 TURNO GENERAL»

  9. Extracto publicado en BOCM

  10. Apertura del plazo de «CONVOCATORAI TALENTO INVESTIGADOR CESAR NOMBELA 2026 TURNO…»

  11. Apertura del plazo de «CONVOCATORIA TALENTO INVESTIGADOR CESAR NOMBELA 2026 TURNO GENERAL»

  12. Cierre del plazo de «CONVOCATORAI TALENTO INVESTIGADOR CESAR NOMBELA 2026 TURNO…»

  13. Cierre del plazo de «CONVOCATORIA TALENTO INVESTIGADOR CESAR NOMBELA 2026 TURNO GENERAL»

Las bases reguladoras que registra la BDNS

  • Consejería de educación, ciencia y universidades — ORDEN 2755/2023, DE 26 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERISDADES POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE ATRACCIÓN DE TALENTO INVESTIGADOR “CÉSAR NOMBELA” · texto de las bases · BDNS 914733
  • Consejería de presidencia, justicia y administración local — BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS “PUEBLOS CON VIDA” Y SE CONVOCA SU I EDICIÓN. · texto de las bases · BDNS 901510

Preguntas frecuentes

¿La tarifa plana estatal se pide aparte?

No: la reducción estatal de cuota se aplica automáticamente al tramitar el alta en RETA (marcando la casilla correspondiente). Lo que sí se solicita aparte es el complemento autonómico que la deja en 0 € donde existe.

¿Puedo pedir la ayuda de autoempleo de Comunidad de Madrid si ya llevo meses de alta?

Sí, siempre que el alta esté dentro de la ventana que fije la convocatoria del BOCM (habitualmente entre 6 y 12 meses hacia atrás). Fuera de esa ventana habrá que esperar a la siguiente convocatoria.

¿Estas ayudas tributan?

Sí: las subvenciones al autoempleo son rendimiento de la actividad económica en el IRPF del ejercicio en que se cobran (algunas permiten imputación fraccionada). Resérvalo al hacer números.

¿Qué organismo convoca las ayudas de autónomos y empresas en Comunidad de Madrid?

Según la Base de Datos Nacional de Subvenciones, los organismos convocantes son CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO; CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES; CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL. En el periodo consultado constan 18 convocatorias suyas, 6 de ellas con plazo abierto.

¿Cuánto dinero se ha convocado para autónomos y empresas en Comunidad de Madrid?

Las convocatorias registradas suman 53.027.800 € de dotación pública, entre 2026 y 2026. Es el presupuesto total publicado en BDNS, no la cuantía que corresponde a cada solicitante: eso lo fijan las bases reguladoras de cada convocatoria.

¿Quién puede solicitar estas ayudas en Comunidad de Madrid?

Los tipos de beneficiario que figuran en las convocatorias registradas son: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica; gran empresa; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Cada convocatoria concreta sus propios requisitos, así que conviene comprobarlos en las bases antes de preparar la solicitud.

¿Dónde se publican las bases de estas ayudas?

Las bases reguladoras de las convocatorias de autónomos y empresas en Comunidad de Madrid se publican en bocm.es. El extracto aparece además en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que es el registro oficial y el que prevalece.

Quién convoca y cómo se publica en Comunidad de Madrid

Perfil administrativo de las ayudas de autónomos y empresas, extraído de BDNS

Organismos convocantes
CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES · CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Tipos de beneficiario
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica · Gran empresa · Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica
Instrumento de la ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Dotación registrada
53.027.800 €en 18 convocatorias en 2026
Dónde se publican las bases
bocm.es

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) · Los datos de BDNS son dinámicos: pueden corregirse o eliminarse tras su extracción.

Convocatorias registradas en Comunidad de Madrid

18 convocatorias localizadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones · 6 con plazo abierto. Datos extraídos el .

Convocatorias de Comercio, turismo y pymes, Otras actuaciones de carácter económico, Investigación, desarrollo e innovación en Comunidad de Madrid, con organismo, dotación, plazo y enlace al registro oficial.
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OrganismoCONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCALDotación300 €Plazo06 de mayo de 2026 — 04 de junio de 2026Fuente oficial
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BDNS 901510 · Concurrencia competitiva - canónica

OrganismoCONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCALDotación300 €Plazo06 de mayo de 2026 — 04 de junio de 2026Fuente oficial

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) — Intervención General de la Administración del Estado. Datos extraídos el . Los datos de BDNS son dinámicos: pueden corregirse o eliminarse tras su extracción. Antes de solicitar cualquier ayuda, consulta el registro oficial y las bases reguladoras enlazadas: son los documentos que tienen validez. Aviso legal de BDNS.

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Autoría

Redacción · Guía Ayudas

Equipo editorial especializado en políticas públicas, ayudas y subvenciones en España. Trabajamos exclusivamente con fuentes oficiales (BOE, BDNS, boletines autonómicos y ministerios) y revisamos periódicamente cada artículo. Más sobre la redacción.

Cómo se elabora y se comprueba cada ficha: metodología editorial. Errores y actualizaciones: política de correcciones.

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